El sector fotovoltaico no se va a quedar de brazos cruzados después de que el Gobierno haya rechazado las reclamaciones patrimoniales por los recortes aprobados en 2010 durante el mandato de Miguel Sebastián. Las plantas afectadas están ultimando sus recursos ante la Audiencia Nacional para solicitar daños y perjuicios al Ejecutivo contra el Real Decreto-Ley 14/2010 que limita las horas de producción con derecho a prima y donde sólo puede impugnarse la aplicación del mismo debido a su rango de Ley.
A pesar de que este recorte se aprobó hace ya más de dos años, las plantas afectadas aún no pueden acudir a los tribunales. Tienen que esperar a la Liquidación Definitiva correspondiente al año 2011 que realiza la Comisión Nacional de la Energía -donde se constata el daño a estas instalaciones mediante un acto administrativo-.
Esta Liquidación debe estar publicada antes del próximo 31 de marzo, pero el regulador lleva un cierto retraso. Sin embargo, la CNE acaba de remitir la Liquidación Provisional Final Tercera, que es la que regulariza la retribución de los productores de electricidad en el primer ejercicio en el que se han aplicado las limitaciones horarias al derecho de percibir primas. Esta liquidación está sirviendo de base para la preparación de los recursos, según explicaron fuentes jurídicas a elEconomista.
Si el organismo que preside Alberto Lafuente no tiene en tiempo y forma la liquidación definitiva, las plantas afectadas podrían proclamar que se ha incurrido en un acto presunto.
Este acto presunto también puede recurrirse ante la CNE y la Audiencia Nacional, si bien los plazos para presentarlos son más amplios que en el caso de que se produzca el acto expreso de emitir la Liquidación Definitiva, precisamente para mayor defensa de los administrados ante la falta de la Administración.
El sector fotovoltaico critica la dureza de las medidas, ya que además de este recorte, durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero también se aprobó el Real Decreto 1565/2010 que redujo las primas. Recientemente se ha sumado la reforma energética, con lo que esta tecnología ya acumula un recorte del 45%. Por ello, los titulares de 11.693 instalaciones fotovoltaicas plantearon reclamaciones de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios que se decían ocasionados por dichas normas a sus instalaciones.
Reclamaciones patrimoniales
Pero el Gobierno decidió el pasado viernes rechazar estas reclamaciones. En concreto, el Consejo de Ministros aprobó dos acuerdos que tienen por objeto desestimar, en un caso, e inadmitar, en el otro, diversas reclamaciones de responsabilidad patrimonial presentadas, por los daños y perjuicios que argumentaban que les habían ocasionado los recortes de 2010.
De esta manera, el Ejecutivo ha ratificado los recortes aprobados por Sebastián, a pesar de que incluso fueron criticados por el ministro de Industria, José Manuel Soria. En el acto de traspaso de cartera ministerial, el ministro dijo que "nunca es recomendable cambiar a mitad del partido las reglas del juego". "Es evidente que no puede gustarle a ningún operador que empresas que habían comenzado a hacer inversiones dentro de un determinado marco, luego, con el paso del tiempo, vean que las reglas del juego han cambiado", añadió.
En cualquier caso, en aquel momento Soria reconoció que no había abordado aún la problemática por lo que no conocía este asunto.
En los escritos de las reclamaciones, los interesados alegan que "las medidas aprobadas suponen un cambio radical del régimen con arreglo al cual fueron autorizadas, construidas, sufragadas y puestas en marcha dichas instalaciones, ocasionando una segura pérdida de ingresos y generando un grave perjuicio a dichas instalaciones".
Por su parte, el Gobierno justifica la desestimación en las sentencias del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, que confirman que las normas son conforme a Derecho. Estas sentencias señalan que los titulares de instalaciones fotovoltaicas no tienen derecho a que el régimen de primas se mantenga inalterado en el tiempo, sino que tienen derecho a una rentabilidad razonable. Por ello, el Gobierno entiende que son legítimos los cambios que se produzcan en dicho régimen de primas, siempre que no menoscaben el derecho a la retribución razonable.