Madrid, 26 sep (EFECOM).- La pensión mínima de jubilación para las personas de 65 o más años con cónyuge a su cargo será de 8.435,28 euros anuales en 2007, mientras que para los beneficiarios menores de esa edad será de 7.883,26 euros.
De acuerdo con el articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, si la persona jubilada tiene 65 o más años y carece de cónyuge recibirá una pensión mínima de 6.864,62 euros y, si no ha cumplido esa edad, cobrará 6.396,32 euros.
Las prestaciones mínimas para las personas con invalidez permanente absoluta y que tengan cónyuge a cargo se elevarán a 8.435,28 euros, mientras que si no lo tienen, la cuantía será de 6.864,62 euros.
En los supuestos de gran invalidez con incremento del 50 por ciento, la prestación mínima será de 12.652,92 euros anuales para los pensionistas con cónyuge, y de 10.297,00 euros para los que no tengan esposa o esposo a su cargo.
Los titulares de incapacidad permanente total con 65 o más años y cónyuge a cargo recibirán una pensión mínima de 8.435,28 euros, en tanto que los que carezcan de cónyuge percibirán 6.864,62 euros.
La prestación mínima por incapacidad parcial del régimen de accidentes de trabajo para las personas con 65 años o más y cónyuge a cargo se establecerá en 8.435,28 euros, y en 6.864,62 euros si no lo tienen.
Las viudas mayores de 65 años cobrarán 6.864,62 euros anuales, las de entre 60 y 64 percibirán 6.396,32 euros, y las menores de 60 recibirán 5.104,26 euros.
En el caso de las viudas menores de 60 pero con cargas familiares, la cuantía de la prestación ascenderá a 6.396,32 euros.
En las pensiones de orfandad, la ayuda por beneficiario se fija en 2.075,36 euros al año, cantidad que se eleva a 5.104,26 euros para la orfandad absoluta, a repartir entre todos los perceptores.
Las prestaciones en favor de la familia serán de 2.075,36 euros anuales por beneficiario, de 5.342,40 euros si sólo hay un receptor mayor de 65 años y de 5.030,06 euros si es menor de esa edad.
En el caso de que haya varios beneficiarios, el mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.028,90 euros entre todos.
La cuantía de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) queda fijada en 4.716,04 euros anuales.
El importe que recibirá un pensionista durante el año 2007 no podrá superar los 2.277,20 euros mensuales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias, que tendrán el mismo límite.
Para 2007, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 4.348,40 euros anuales.
El siguiente cuadro presenta las cuantías en euros y en términos anuales de las prestaciones contributivas:
CLASE DE PENSION CON CONYUGE SIN CONYUGE
Jubilación
----------
Mayor de 65 años 8.435,28 6.864,62
Menor de 65 años 7.883,26 6.396,32
Incapacidad permanente
----------------------
Gran invalidez 12.652,92 10.297,00
Absoluta 8.435,28 6.864,62
Total con 65 años 8.435,28 6.864,62
Total menor 65 años 7.883,26 6.396,32
Invalidez parcial
(con 65 años) 8.435,28 6.864,62
Viudedad
--------
Mayor de 65 años 6.864,62
Entre 60 y 64 años 6.396,32
Menor de 60 años 5.104,26
Menor 60 años con cargas familiares 6.396,32
Orfandad
--------
Por beneficiario 2.075,36
Orfandad absoluta
entre todos los beneficiarios 5.104,26
Beneficiario menor de 18 años
con discapacidad superior al 65% 4.348,40
En favor de familiares
----------------------
Por beneficiario 2.075,36
1 sólo beneficiario
con más de 65 años 5.342,40
1 sólo beneficiario
con menos de 65 años 5.030,06
EFECOM
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