Empresas y finanzas

Las empresas sí pueden gestionar la sanidad pública, según los jueces

El Tribunal Constitucional tumba un recurso del PSOE

La gestión privada de los hospitales públicos es, al menos, constitucional. El Tribunal Constitucional ha concluido que el carácter público del sistema de la Seguridad Social no se ve cuestionado por fórmulas de gestión indirecta, y ha desestimado la mayor parte de un recurso de inconstitucionalidad presentado hace un par de años por 50 senadores del Partido Socialista contra la privatización de la gestión sanitaria de seis hospitales y hasta 27 centros de salud, prevista en dos artículos de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid para 2013.

En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el TC entiende que la "posible apertura a formas de gestión y responsabilidad privada se lleva a cabo preservando en todo caso la titularidad pública del servicio" y que el Gobierno "no ha optado siquiera" con esta ley recurrida por la "vinculación de centros privados a la red pública" en virtud de conciertos sino que se ha limitado a "hacer uso de las posibilidades abiertas por la legislación estatal".

Por otro lado, añade que la Constitución "no exige que el mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social requiera necesariamente y en todo caso un sistema de gestión pública directa". El carácter público se aprecia, según recoge, "en relación con la estructura y el régimen del sistema en su conjunto, sin distorsionar la evaluación", añade. También señala que, aunque se materializara la gestión indirecta del servicio por personas privadas, tal hecho "no afecta al cobertura propios de un sistema público".

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