Madrid, 7 sep (EFECOM).- Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) obligará a las aerolíneas a que reduzcan a partir del próximo año las operaciones que realizan en el aeropuerto de Barajas con sus aviones más ruidosos, que no podrán utilizar la infraestructura desde el 28 de septiembre de 2012.
Según una resolución del Ministerio de Fomento publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las compañías aéreas tendrán que reducir a partir del 28 de septiembre de 2007 las operaciones con los quince tipos de aeronaves consideradas más ruidosas, a un ritmo no inferior al 15 por ciento anual por regla general.
Con esta medida, el ministerio, a través de AENA, pretende limitar los perjuicios causados a los vecinos del aeropuerto madrileño, tras la entrada en funcionamiento de la nueva terminal T-4 y el consiguiente aumento del territorio afectado por las operaciones aéreas.
Desde el próximo 28 de octubre, el departamento encabezado por Magdalena Alvarez también ampliará en dos horas las restricciones a las operaciones nocturnas de vuelos comerciales en Barajas, de modo que ningún "avión de reacción subsónica" pueda operar desde las 23.00 horas hasta las 7.00 horas, salvo autorización excepcional.
Hasta ahora, las aeronaves comerciales tienen prohibido aterrizar o despegar en el aeropuerto de Barajas únicamente durante seis horas, desde las 00.00 horas hasta las 06.00 horas de la mañana.
A partir de octubre, AENA sólo concederá un permiso excepcional para operar en Barajas de noche a aquellos aviones con menores cuotas de ruido que tengan retrasos en sus operaciones (siempre que la operación se realice dentro de los treinta minutos siguientes o anteriores al plazo límite).
También recibirán la autorización aquellas aeronaves que deban utilizar el aeropuerto por seguridad, para transportar ayuda humanitaria o que se vean afectadas por alteraciones meteorológicas, derivadas de huelgas y otras situaciones excepcionales.
Los aparatos afectados por la nueva normativa de ruido son los americanos Boeing B-747 (modelos 200 y 300), B-727 y B-737 (modelo 200); el europeo Airbus A-300 (modelo B2); los estadounidenses Douglas DC-8 (modelos 50 y 60), DC-9 y DC-10; los ucranianos Antonov An-124 y 72; los soviéticos Ilhusin Il-76, 62 y 86; los rusos Tupolev-134 y 154 y el YAK-42.
No obstante, Fomento señala que las aerolíneas podrán obtener reducciones en el porcentaje del 15 por ciento de rebaja de las operaciones con este tipo de aeronaves cuando justifiquen que las nuevas exigencias pueden suponerles "perjuicios que afecten gravemente" a su continuidad.
También podrán obtener reducciones las compañías que justifiquen la existencia de contratos o acuerdos vigentes para la compra o arrendamiento de aeronaves que sustituyan a las ruidosas, siempre que la fecha de entrega de los aviones de sustitución se inicie antes del cierre de 2008.
En cualquier caso, las compañías que operen con los aviones ruidosos después del 28 de octubre deberán presentar ante la Dirección General de Aviación Civil antes del próximo 30 de septiembre un certificado de ruido de cada avión, así como un procedimiento de atenuación de ruido.
Fomento señala que las nuevas obligaciones para los aviones ruidosos, así como los plazos de entrada en vigor, han sido sometidas a los comentarios de AENA y de las asociaciones IATA, ACETA, AECA y ALA, que representan a la práctica totalidad de las compañías que operan en Barajas.
Esta resolución se une a los Planes de Aislamiento Acústico que ha llevado a cabo el Ministerio, junto a la Comunidad de Madrid y los ayuntamientos afectados por las obras de ampliación del aeropuerto, que han supuesto actuaciones en casi 12.000 viviendas, de un total de 13.700 perjudicadas, por un importe que ya alcanza los 116 millones de euros.EFECOM
ecm/pamp