Madrid, 25 ago (EFECOM).- El Consejo de Ministros ha estudiado hoy un informe del anteproyecto de ley para cambiar la normativa sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos de motor con el que, entre otras novedades, se asegura la cobertura del seguro para cualquier estancia del vehículo en otro estado de la UE.
Así lo destacó la vicepresidenta primera del Gobierno, Teresa Fernández de la Vega, quien resaltó también la importancia de esta ley para "perseguir a los propietarios que carezcan de seguros" ya que, según el anteproyecto, se podrá precintar el vehículo en caso de incumplimiento de la obligación de asegurarlo.
Los objetivos primordiales de este Anteproyecto de Ley, recogidos en la Quinta Directiva Comunitaria del Seguro de automóviles, son "mejorar la protección a las víctimas y a los asegurados, dar una mayor claridad a las definiciones y elevar las obligaciones de las entidades aseguradoras".
Entre las modificaciones más destacadas que figuran en este Anteproyecto de Ley, que será remitido al Consejo de Estado, se encuentra la obligación a las entidades aseguradoras para que expidan el certificado de antecedentes de siniestralidad, previa petición del propietario del vehículo o del tomador del seguro, ampliando a cinco años el plazo sobre el que se certifica desde los dos años que prevé la normativa actual.
También, se especificará que la cobertura del seguro incluya "cualquier tipo de estancia del vehículo asegurado en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea durante la vigencia del contrato de seguro".
Además, "las entidades aseguradoras deberán presentar una oferta motivada de la indemnización en el plazo máximo de tres meses, desde la recepción de la reclamación por el perjudicado, en el caso que se haya determinado la responsabilidad y se haya cuantificado el daño".
En caso contrario, las aseguradoras "deberán presentar una respuesta motivada a lo planteado en la reclamación" puesto que "la falta de oferta motivada será considerada como infracción".
Por otro lado, se extiende la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) "a los daños materiales causados por vehículos desconocidos, siempre que se hubiera indemnizado por daños personales significativos -muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal que requiera, al menos, una estancia hospitalaria superior a siete días- producidos como consecuencia del mismo accidente".
El anteproyecto contempla que los representantes de las entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado del Espacio Económico Europeo, que operen en España en régimen de libre prestación de servicios, podrán realizar operaciones de seguro directo en nombre de la entidad que representan.
Con el fin de reforzar la protección patrimonial del asegurado, también "se elimina la posibilidad de que el asegurador repita el importe de la indemnización pagada contra el tomador o asegurado por causas previstas en el contrato".
Por último, se amplía la definición de estacionamiento habitual del vehículo en España, primordial a la hora de determinar quién debe hacer frente a la indemnización en caso de siniestro.
Entre otras, se añaden a los supuestos en los que un vehículo tiene la consideración de vehículo con estacionamiento habitual en España los importados desde otro Estado miembro de la Unión Europea durante un máximo de treinta días a contar desde que el comprador aceptó la entrega del vehículo, aunque éste no haya sido matriculado en España.
También se incluyen, en esta definición, los vehículos que ocasionan accidentes en España y que carecen de matrícula o que tienen una matrícula que no les corresponde o ha dejado de corresponderles, y se indica expresamente que es irrelevante la condición temporal o definitiva de la matrícula del vehículo para concretar el lugar de estacionamiento habitual.
Este anteproyecto modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor, aprobado en octubre de 2004, y el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los seguros privados, con el fin de incorporar al derecho español una Directiva comunitaria de 11 de mayo de 2005 relativa al seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación. EFECOM
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