Bankia deberá devolver 66.000 euros a un matrimonio valenciano al haberse declarado la nulidad del contrato de compra de obligaciones subordinadas, por considerar que los compradores realizaron las adquisiciones "sin la debida información y con error en el consentimiento".
Según el fallo del juzgado de Primera Instancia número 4 de Valencia, con fecha de 7 de marzo, se estima parcialmente la demanda interpuesta por el matrimonio, residente en La Cañada, en Paterna (Valencia).
El fallo judicial declara la "nulidad por vicio de error en el consentimiento prestado" para las adquisiciones de las obligaciones, adquiridas en Bancaja por importe de 66.050 euros en los años 2005, 2007 y 2008, así como del posterior canje efectuado por acciones de Bankia en marzo de 2012.