El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha condenado a BBVA a devolver las cantidades recibidas para la compra de las Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS), en sus emisiones de 2004 y 2007, a las 68 personas representadas en la demanda colectiva presentada por Adicae y ha absuelto a Eroski, según la sentencia hecha pública hoy.
La resolución del magistrado Marcos Bermúdez ha sido notificada esta mañana a las partes, según la cual condenar al BBVA a devolver las cantidades a los inversores y declara nulos los contratos de esos productos por contener cláusulas abusivas, y absuelve a Eroski al considerar que la publicidad que emitió de su producto no fue engañosa.
La semana pasada se celebró la vista por una demanda colectiva en relación con las aportaciones subordinadas de Eroski, interpuesta por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae).
La asociación, en representación de 68 consumidores, demandó a Eroski por publicidad engañosa y a BBVA la devolución a sus clientes de lo que invirtieron en ese producto. En la vista, Adicae solicitó la nulidad de los contratos y la devolución de los ahorros al considerar que se hizo una "comercialización indebida" de este producto y hubo "publicidad engañosa" y "vicio en el consentimiento".
Por su parte, Eroski defendió la legalidad de la emisión y la publicidad que se remitió sobre el producto, mientras que el BBVA afirma que se comunicó a los clientes de las características y del "riesgo" de las aportaciones con una información "clara".
La fiscal, en la última sesión del juicio, se mostró favorable a que Eroski fuera absuelta y, en cambio, consideró que deberían ser declarados nulos por "falta de transparencia e información" los contratos formalizados por el BBVA y la entidad ser condenada a devolver las cantidades invertidas.