Empresas y finanzas

Gas Natural sí tendrá que pagar la multa de 493.000 euros por posición dominante

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 492.999 euros que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) impuso a Gas Natural por abuso de su posición de dominio en el acceso a las redes de distribución.

El alto tribunal desestima así el recurso de la gasística contra la sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó la resolución sancionadora de la CNC de marzo de 2009.

Dicho organismo concluyó que Gas Natural había estado "dificultando" el acceso de Gas Alicante a determinadas redes necesarias para desarrollar las suyas propias de distribución y poder así suministrar gas natural a los consumidores finales en los municipios valencianos de Elda y Albatera.

Gas Alicante había llegado previamente a acuerdos contractuales con Enagas, la anterior propietaria de las infraestructuras, para realizar conexiones a sus redes, pero desde 2003, cuando pidió a la nueva dueña de las mismas la conexión pactada con la anterior, la gasística catalana siguió "una estrategia encaminada a impedir que dicha conexión se materializase", según la CNC.

Un argumento que compartió la Audiencia Nacional y que ahora avala el Supremo al asegurar que tras valorar las distancias y el coste de conexión de las diferentes alternativas, la conducta de Gas Natural fue abusiva "en atención a la especial responsabilidad y diligencia que pesa sobre las empresas en posición de dominio".

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