
La Audiencia Nacional le ha dado un doble revés a los pilotos de Iberia. Ha ratificado los 258 despidos de comandantes y segundos de a bordo que había propuesto el mediador en el plan de saneamiento y, lo más importante para el futuro de la compañía, entiende que el Anexo 10 del Convenio Colectivo firmado con el Sepla está derogado, lo que permitirá que la aerolínea dirigida por Luis Gallego pueda realizar los vuelos domésticos con Vueling e Iberia Express para abaratar sus costes.
Así lo interpreta la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en una sentencia emitida ayer, 4 de julio de 2013, y a la que ha tenido acceso este periódico. En el fundamento de derecho Sexto de la misma, se reproduce íntegramente el Anexo X del VII Convenio Colectivo de los pilotos para después, a juicio del magistrado que dicta esta sentencia, asegurar textualmente que "está derogado".
Este Anexo X, antiguamente Anexo XIV, era el mayor éxito que había logrado el sindicato Sepla en sus negociaciones, ya que se trata de un verdadero blindaje para los pilotos en Iberia. Entre otras cuestiones, impedía que otras aerolíneas realizaran los vuelos que alimentan a las rutas trasatlánticas. En concreto dice este apartado del Convenio ,que "los vuelos de alimentación a Madrid sean realizados por Pilotos de Iberia L. A. E., S. A.".
Esto ha impedido históricamente que tanto Clickair primero, como Vueling después, hayan ido sustituyendo estas rutas. Pero una vez derogado el convenio, Iberia tiene vía libre para ir convirtiendo el negocio doméstico en low cost. Sobre el papel, en el caso de Vueling no tendría que tener ningún problema para sustituir rutas desde el primer día. Y mucho menos una vez que IAG, el holding nacido tras la fusión de British Airways e Iberia, ha adquirido el cien por cien de las acciones de Vueling después lanzar una opa de exclusión.
Express, pendiente del laudo
En el caso de Iberia Express, técnicamente es más complicado. También podría sustituir las rutas domésticas de Iberia por las de su filial, pero tendría que seguir admitiendo las condiciones que en su día marcaba el laudo de Jaime Montalvo. Entre otras cuestiones, Montalvo diseñó un método por el cual los pilotos de Iberia Express tendrían que compartir un escalafón único, algo que no convence a la dirección de Iberia porque no se abaratan del todo los costes de personal, como sí ocurre en el caso de Vueling.
De todas maneras, Iberia tiene señalado en rojo en su calendario la fecha del 31 de diciembre de 2014, último día en el que este laudo está en vigor. A partir del 1 de enero de 2015, la compañía podría emplear Iberia Express en sus vuelos domésticos sin ninguna restricción.
No se ceden rutas a British
En varios aspectos, la sentencia es demoledora contra el colectivo de pilotos. El Sepla ha acusado a Iberia en repetidas ocasiones de ceder rutas rentables a su filial Express o a su socia en IAG British Airways. La Audiencia Nacional, sin embargo, niega esta práctica y asegura que queda demostrado "que la empresa demandada ha dejado de operar únicamente rutas que no eran rentables".
Según los datos que Iberia remitió al juez en la vista celebrada el pasado 28 de junio, la situación de rentabilidad de la aerolínea se ha ido deteriorando paulatinamente. Así, en 2010 se contabilizaron 27 rutas rentables, con un beneficio de 123 millones de euros y 64 itinerarios no rentables, que sumaban unas pérdidas de 208,6 millones de euros. Dos años después, la situación de la aerolínea era mucho peor: sólo en 17 rutas Iberia ganaba dinero (en total, 57,7 millones de euros) y en las 74 restantes los números rojos alcanzaban 436 millones.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional reconoce la merma que supone para los pilotos y los TCP (azafatas) de Iberia la bajada de su sueldo en un 14 por ciento, pero puntualiza que "sus retribuciones eran de las más elevadas del sector, lo que lastraba claramente la competitividad de la empresa, quien no podía competir con otras compañías, cuyos costes de personal de vuelo eran mucho más ajustados".
Sepla recurrirá la sentencia
Desde el sindicato de pilotos Sepla se aseguraba ayer que se recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo. El dictamen permite recurso de casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que debería realizarse en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación. Como media, el Supremo está tardando en emitir sentencias entre un año y medio a dos años, por lo que hasta 2015, como mínimo, no se podría conocer la resolución.
Sin embargo, la sentencia de la Audiencia Nacional se ejecuta inmediatamente,por lo que hoy mismo Iberia podría sustituir rutas domésticas para que las operara Vueling. Otra cuestión es que,a estas alturas de la temporada de verano, sería complicado cambiar la programación.
En la vista celebrada la semana pasada, los representantes del Sepla se quejaban de la actitud del mediador porque, entre otras cuestiones, dejó sin efecto aspectos parciales del laudo. Sin embargo, en la sentencia de la Audiencia Nacional se defiende la labor de Gregorio Tudela en su proceso de mediación.