Empresas y finanzas

Condenados ex directivos Caja Alcoy a más 5 años de prisión por quiebra

Alicante, 10 abr (EFECOM).- La Audiencia de Alicante ha condenado al ex director de la Caja de Crédito de Alcoy Jesús Llopis Ferrer y a la ex subdirectora Mercedes Llopis Candela a penas que suman más de 5 años de prisión por un delito de insolvencia punible, y los obliga a pagar indemnizaciones de entre 2,6 y 2,8 millones de euros.

En la sentencia, hecha pública hoy, la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante absuelve a ambos del delito de apropiación indebida, y al resto de los procesados, ocho en total, de todos los delitos que se les imputaban.

El juicio por la quiebra fraudulenta de la Caja de Crédito de Alcoy, que afectó a más de 1.500 personas por un montante de 3,7 millones de euros, se celebró en la Audiencia de Alicante entre el 22 de enero y el 13 de febrero pasados.

La sentencia considera probado que los órganos de administración de la entidad, constituida en 1987, llevaron a cabo actuaciones que desembocaron en una insolvencia y en 1993 en la solicitud de suspensión de pagos, por ser su activo inferior a su pasivo en cerca de 750.000 euros.

El juez atribuye la bancarrota a la actuación de los órganos de la Caja, que "concedieron préstamos y créditos con insuficientes garantías, concentraron riesgos en grupos familiares, renovaron créditos de personas que no habían pagado los anteriores, no ejercitaron en muchas ocasiones acciones judiciales para el cobro de impagados, e incurrieron en diversos defectos en la contabilidad".

Según el fallo, el ex director general y la ex subdirectora tenían delegadas las facultades para otorgar prestamos y, aunque el Consejo Rector debía supervisarlas, este control se hacía "de manera superficial" y no siempre se le informaba sobre ellas.

Como fundamentos de derecho, el Tribunal subraya que los informes y documentos unidos a la causa acreditan que la Caja obtuvo pérdidas en la practica totalidad de los ejercicios, así como la suspensión de pagos alcanzada, su insolvencia, su calificación como fraudulenta y la declaración de quiebra.

De hecho, la Sala califica la situación de "crisis económica", especialmente entre octubre de 1992 y junio de 1993.

A pesar de ello, el Tribunal desgrana un conjunto de operaciones que aprobó la dirección de la entidad "contrarias a la racionalidad del negocio y jurídicamente reprobables".

Entre éstas, destaca el hecho de que el entonces director, a pesar de los problemas económicos, dio instrucciones a Mercedes Llopis -su sobrina- para que autorizara un descuento comercial de 72.000 euros al acusado Jesús Lidiano Llopis, su hijo y empleado de la Caja.

Asimismo, el día anterior a la presentación de la suspensión de pagos, Llopis Ferrer autorizó un préstamo a su hijo por importe de unos 52.000 euros, a pesar de que adeudaba más de 28.000 euros.

Por los mismos días, entre octubre de 1992 y junio de 1993, Llopis Ferrer autorizó un préstamo de 60.000 euros a un usuario, quien ya adeudaba cerca de 72.000 euros, y otro de 30.000 euros a una empresa participada por su nuera y su cuñada "sobre la base de un balance".

Por ello, los magistrados entienden que las conductas relatadas son contrarias a la gestión ordenada del negocio, pues en muchas ocasiones "la solvencia" del cliente era admitida a través de "informaciones verbales y sin constatación del patrimonio".

Estas operaciones, entre otros resultados, causaron "graves y directos perjuicios a los socios de la entidad, que perdieron sus inversiones en participaciones sociales". EFECOM

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