MADRID (Reuters) - Las refundadas cajas de ahorros podrán ejercer el control de su actividad bancaria a través de fundaciones con la condición de que el Banco de España supervise la gestión financiera de estas sociedades, a las que se podrá exigir en algunos casos unos fondos de reservas, dijeron el lunes fuentes del Ministerio de Economía.
"Está discutido con la Comisión (Europea) (..) se ha llegado a un texto que consideramos absolutamente equilibrado de forma que se garantice que el mantenimiento de una posición mayoritaria de estas fundaciones no va en detrimento en absoluto de la solvencia de la entidad bancaria ni de sus requerimientos de capital", agregó la fuente.
Según el anteproyecto de ley sometido a audiencia pública, estarán obligadas a convertirse en fundaciones bancarias aquellas entidades cuyos activos superen los 10.000 millones de euros o cuya cuota en el mercado de depósitos dentro de su comunidad autónoma supere al 35 por ciento.
Salvo las cajas de Ontinyent y Pollença, las demás cajas no convertidas en bancos se encuentran en esta situación.
Tras el estallido de la crisis financiera internacional en 2007 -- en España se agudizó a partir de 2009 --, las cajas se convirtieron en el centro de las miradas de los inversores internacionales debido a la injerencia de los políticos en su gestión de gobierno que llevó en algunos casos a la toma de decisiones sin criterios financieros.
Como contraprestación al rescate bancario europeo, España se comprometió con sus socios a que las cajas reducirían su participación en el negocio bancario a niveles de "no control".
Las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 30 por ciento en una entidad de crédito o que les permita el control de la misma se someterán a un protocolo de gestión auspiciado por el Banco de España.
Tras la entrada en vigor de esta ley, cuya aprobación se prevé para finales de este año o principios del que viene, las entidades tendrán cinco meses de plazo para su conversión voluntaria en fundaciones bancarias, cuyo gobierno será ejercido por un patronato no compuesto por más de 20 miembros y que también tendrán que responder de criterios de honorabilidad y de experiencia.
UMBRALES PARA CONTROL FUNDACIONES
Fuentes del Ministerio también señalaron que el anteproyecto de ley fijaba el establecimiento de límites a la operativa bancaria para todas aquellas fundaciones que posean una participación igual o superior al 30 por ciento de la pata bancaria o que les permita el control de la misma.
En estos casos, deberán suscribir un protocolo de gestión de la participación financiera que estará sujeto a la aprobación del Banco de España, incluyéndose los criterios estratégicos sobre la participada, los criterios de elección de consejeros y también la regulación de las operaciones entre la entidad participada y la fundación y los posibles conflictos de intereses.
"Además, estas entidades deberán presentar anualmente un plan financiero que también deberá ser aprobado por el Banco de España", dijo la fuente.
Según el anteproyecto de ley, si las fundaciones superan el 50 por ciento de la actividad bancaria se establecen requerimientos adicionales como un plan de diversificación de inversiones y gestión de riesgos y también la dotación de un fondo de reserva para afrontar posibles necesidades de recursos propios de la entidad de crédito participada.
En esta situación se encuentran tanto La Caixa, que tiene en torno a un 76,6 por ciento de Caixabank ó un 61 por ciento si se tiene en cuenta la conversión de la emisiones de convertibles de la entidad catalana, o entidades como Kutxabank o Unicaja.
El plan financiero para este tipo de entidades contendrá un calendario de dotaciones mínimas al fondo de reservas hasta alcanzar el volumen objetivo que determine el Banco de España, calculado en función del valor de los activos ponderados por riesgo de la entidad participada y el volumen de la participación de la fundación bancaria en la entidad.
/Por Jesús Aguado/