Empresas y finanzas

La Audiencia reabre la causa contra los Carulla por evasión de impuestos

  • El juez sobreseyó el caso sin el informe definitivo de Hacienda
El emrpesario Artur Carulla. Foto: Luis Moreno

La Audiencia de Barcelona ha decidido reabrir la causa contra los seis hermanos, dueños del conglomerado de marcas de gran consumo Agrolimen, por presunto delito contra la Hacienda Pública. La decisión se produce después de que se hayan aceptado los recursos contra el sobreseimiento del caso presentados por el fiscal de Barcelona Francisco Bañeres y por la Abogacía del Estado.

La Sección Séptima de la Audiencia ha reanudado la causa al considerar su sobreseimiento "precipitado", pues el juez instructor no ha esperado a tener un informe definitivo de la Agencia Tributaria después de que ésta, en sus primeros avances, consideró que los imputados habían defraudado a la Hacienda Pública a través de operaciones de compraventa de acciones entre empresas del grupo.

En su recurso, había detallado que la conducta que tilda de delictiva "consistió en un reparto de dividendos desde la sociedad Arborinvest por importe de 61,5 millones de euros que acabaron aterrizando en los patrimonios respectivos de los imputados sin tributar los impuestos de la renta y patrimonio el año 2006".

Raíces en Holanda

Concretamente, la sociedad de la familia Merimare, que por estar afincada en Holanda disfrutaba de mayores beneficios fiscales, vendió a Arborinvest las acciones con las que participaba en esta empresa a cambio de esos 61 millones de euros. Según Carulla, la venta se justificó por la necesidad de liquidez de Agrolimen.

El fiscal sospecha que los seis hermanos (Lluís, Maria, Montserrat, Artur, Aurelia y Jordi Carulla) utilizaron estas operaciones para hacerse irregularmente con entre 400.000 euros y un millón evadiendo impuestos, tal y como recogía uno de los informes de la Agencia Tributaria.

Los Carulla son dueños, entre otras empresas, de los preparados de caldo Gallina Blanca o las franquicias de restauración Pans & Company.

El juez Josep María Miquel Porras ordenó el archivo de la causa en base a un informe de un perito designado por el juzgado que en el auto de sobreseimiento "analiza pormenorizadamente" sin apreciar delito, pero también había designado como perito auxiliar a la Agencia Tributaria y no esperó a tener su informe final. "El informe definitivo de la Agencia Tributaria es una prueba fundamental para las acusaciones y además fue acordado por el instructor", reitera la Audiencia.

Según la Audiencia, el juez debería haber esperado el informe para tenerlo en cuenta junto a la pericial que él encargó y junto a los dos informes de las defensas y, en el caso de que hubiese contradicciones entre ellos, no sería él quien tendría decidir si darle más credibilidad a uno que a otro "salvo que alguno de los peritajes resulte clamorosamente erróneo". Además, considera que el juez asumió "una competencia de enjuiciamiento que no le corresponde" en el periodo de instrucción, ya que sólo tendría que haber constatado si existen indicios racionales de criminalidad sin entrar en el fondo del asunto.

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