Madrid, 15 mar (EFECOM).- Las compañías eléctricas dispondrán de un plazo de hasta 15 años para cobrar el déficit tarifario -diferencia entre los ingresos y costes del sistema eléctrico- en que incurren a priori por la regulación del sector, según una orden de Industria, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Mediante esta orden se regulan las subastas de los derechos de cobro creados para que las compañías eléctricas puedan financiar a priori (ex ante) el déficit que a partir del ejercicio de 2007 -entre el 1 de enero de ese año y el 31 de enero de 2008 ascendió a 1.197 millones- se pueda generar por la regulación de sus tarifas.
Esta orden determina las características de los derechos de cobro y señala que podrán recuperarse "en un plazo máximo de 15 años a partir de la fecha de su desembolso", y establece que la primera subasta que se celebre con esta nueva regulación se haga en un plazo de tres meses -antes del 16 de junio próximo-.
Así, el derecho de cobro está integrado por el "valor base" del mismo, que "será como máximo el reconocido como déficit ex ante en las órdenes -trimestrales- por las que se modifiquen las tarifas eléctricas", aunque el valor base definitivo será "el que resulte efectivamente adjudicado en la subasta".
Además, el derecho de cobro incluirá "los intereses de actualización del valor base", que serán anuales y estarán ligados al Euribor -tipo de interés del mercado interbancario del euro- a tres meses correspondiente a noviembre inmediatamente anterior al año en que haya de aplicarse.
La orden ministerial también determina que se incluya el derecho de cobro y se abone "como coste de la tarifa mediante la afectación a ese fin de un determinado importe mensual de los ingresos del sistema eléctrico", por lo que el derecho de cobro "tendrá la consideración de coste liquidable del sistema".
La orden también regula el procedimiento de cálculo definitivo del déficit tarifario que las compañías eléctricas podrán percibir a través de los derechos de cobro.
A este respecto, señala que la Comisión Nacional de Energía comunicará a la Dirección General de Política Energética y Minas "el importe definitivo pendiente de cobro al término de cada ejercicio", que deberá publicar antes del 30 de junio del ejercicio siguiente, además de proporcionar otros detalles sobre la forma de determinar el déficit.
El mecanismo de subastas para financiar el déficit ex ante se diseñó el año pasado y ha sido reformado después de que el pasado noviembre se declarara desierta la primera puja de estas características, en las que se subastaron 1.500 millones en derechos de cobro.
La orden también incluye un epígrafe sobre protección de datos de los consumidores, que modifica la normativa sobre la fijación de tarifas para este ejercicio y establece que "los consumidores podrán manifestar por escrito a los distribuidores su voluntad de que sus datos no sean accesibles a los comercializadores". EFECOM
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