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Gobierno extiende a más beneficiarios cobro pensiones familiares víctimas

Madrid, 7 mar (EFECOM).- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto con el que amplía los límites a las clases pasivas -pensionistas- familiares de víctimas del terrorismo, para extender a más beneficiarios el cobro de estas prestaciones.

Según explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, se trata de una decisión "justa y necesaria" con la que podrán acceder a una pensión familiares como los de Fernando Trapero y Raúl Centeno, los dos guardias civiles muertos en atentado en diciembre del año pasado en Capbreton (Francia).

El Real Decreto modifica el vigente hasta hoy, de 1993, sobre revalorización y complementos de pensiones de clases pasivas para 1993 y otras normas en materia de Clases Pasivas.

Las pensiones de Clases Pasivas derivadas de actos terroristas tienen una regulación especial en el ordenamiento jurídico español al margen de la legislación ordinaria en la materia.

Sin embargo, respecto al requisito de la dependencia económica de los familiares se ha seguido manteniendo el criterio fijado en la normativa general de Clases Pasivas que establece que para que los familiares puedan ser beneficiarios de pensiones habrán de acreditar su dependencia económica del causante.

Este requisito, según la reseña, resulta excesivo cuando el causante ha sido víctima de un acto terrorista en acto de servicio o como consecuencia del mismo, como es el caso de Trapero y Centeno.

Por este motivo, se doblan los límites que determinan la existencia de una dependencia económica de los familiares a efectos de la percepción de una pensión de Clases Pasivas derivada de actos terroristas.

Según explicaron a EFE fuentes del Ministerio de Economía, antes los pensionistas familiares de víctimas del terrorismo cobraban dos veces el salario mínimo interprofesional, cantidad que ahora se duplica, por lo que cobrarán cuatro veces el SMI, ocho en el caso de dos beneficiarios -por ejemplo los padres de una víctima-.

Lo dispuesto en este Real Decreto se aplicará a los hechos producidos con anterioridad a su entrada en vigor, aunque surtirá efecto a partir del 1 de enero de 2008.

En la rueda de prensa, María teresa Fernández de la Vega aprovechó para trasladar a los familiares de los guardias civiles fallecidos y el apoyo del Gobierno, que "siempre ha estado y seguirá estando al lado de las víctimas del terrorismo y por supuesto junto a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado".

Las solicitudes presentadas con anterioridad a su entrada en vigor y desestimadas por falta de concurrencia de dependencia económica del causante serán revisadas de oficio y quienes no hubiesen presentado solicitud dispondrán del plazo de un año para formularla.

No decaerán en su derecho quienes no hubiesen presentado la solicitud en el plazo indicado, si bien los efectos económicos se producirán desde el primer día del mes siguiente a la solicitud.EFECOM

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