Granada, 20 feb (EFECOM).- La Fiscalía mantuvo hoy en sus conclusiones definitivas su petición de un total de ocho años de prisión para dos responsables de una empresa catalana dedicada al cobro de morosos, que están acusados de un delito de estafa y otro de apropiación indebida, han informado a Efe fuentes del caso.
En el juicio, que se ha celebrado y ha quedado hoy visto para sentencia en la Sección Segunda de la Audiencia de Granada, ha declarado como testigo Antonio Herrera, conocido como el "jamonero de Trevélez", quien a su vez está acusado de estafar más de 25 millones de euros a vecinos de la Alpujarra granadina.
En concreto, el Ministerio Público solicita para el acusado Carlos M.C., director general de la entidad dedicada a la recuperación o cobro de activos impagados, cuatro años de cárcel por estafa y apropiación indebida, al igual que para el imputado Pedro G.C., encargado de la atención al cliente de la referida empresa.
La acusación particular, ejercida por el supuesto estafado, pide para cada uno de los acusados seis años de cárcel de prisión por los mismos delitos, mientras que la defensa solicita la libre absolución de los enjuiciados al considerar que no concurren en sus conductas la existencia de los delitos de los que se les acusa.
Según el relato de hechos del fiscal, en el mes de marzo de 2004, una empresa de Cataluña remitió al supuesto perjudicado información sobre su actividad, lo que motivó que éste último contratara sus servicios, dado que la empresa Jamones Fernando SL, de la que era responsable Antonio Herrera, le adeudaba una cantidad superior a 600.000 euros.
En su declaración como testigo el conocido como Jamonero de Trevélez ha reconocido que tenía una deuda contraída con el querellante y que empezó a pagarle a la empresa de morosos que le reclamó el dinero, aunque más adelante, por otras causas, se marchó de España.
La acusación sostiene que la empresa catalana exigió al supuesto perjudicado unos pagos por adelantado para prestar sus servicios, en concreto 24.000 euros más IVA como provisión de fondos, además de otras conceptos, y que, de hecho, le fueron cobrando al jamonero.
Cuando se produce un incidente concursal ante un Juzgado de lo Mercantil el querellante se entera de que la empresa estaba cobrando, supuestamente, del jamonero, pese a que ésta no le había advertido de esos hechos.
En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía pide que los acusados, así como su entidad, indemnicen conjunta y solidariamente al perjudicado en la cantidad de 50.007 euros, que corresponde a la diferencia entre la cantidad recobrada de 60.000 euros y la cantidad que se le entregó -23.959 euros- más la cantidad de 13.966 euros, correspondiente a la diferencia del adelanto de honorarios. EFECOM
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