Madrid, 28 jun (EFECOM).- El Pleno del Congreso convalidará mañana el Real Decreto-Ley de medidas urgentes en el sector energético que suprime los Costes de Transición a la Competencia (CTC) y elimina el límite máximo de incremento del dos por ciento establecido en la metodología de cálculo de las tarifas eléctricas.
La inclusión en el orden del día de mañana de este trámite no estaba prevista y fue acordada ayer por el Pleno de la Cámara, junto con la convalidación de la normativa sobre pensiones excepcionales derivadas de atentados terroristas.
El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-Ley con un conjunto de medidas destinadas a "minimizar el impacto del encarecimiento de la electricidad en la economías domésticas, rebajar el coste de la energía en el mercado, mejorar la eficiencia energética, potenciar el carbón autóctono y garantizar la igualdad de todos los operadores en el almacenamiento de gas".
En concreto, se eliminan los CTC al considerar que son un mecanismo "ineficiente e innecesario" que distorsiona los precios del mercado eléctrico y su grado de amortización es muy alto, según ha certificado la Comisión Nacional de la Energía (CNE).
Con su desaparición, la parte de la tarifa eléctrica prevista para retribuir este concepto hasta 2010 podrá destinarse a otros fines.
Por otro lado, ante la anunciada subida de tarifas en julio, ha sido necesario eliminar de la metodología de cálculo de las tarifas el límite del 2 por ciento anual estipulado y diferenciar las subidas entre los distintos grupos tarifarios para limitar el impacto de las subidas en las economías domésticas.
Este cambio permitirá también asegurar que las revisiones de las tarifas cubran los costes del sistema eléctrico y evitar así incurrir en los denominados déficit de tarifas -cuando los ingresos no alcanzan para pagar los gastos de generación-, que en 2005 fue de 3.830 millones de euros.
Industria ha propuesto una subida media de la tarifa eléctrica del 1,38 por ciento a partir del próximo 1 de julio, que para los consumidores domésticos será inferior, el 0,8 por ciento, y para los grandes consumidores industriales será del 6 por ciento.
La nueva normativa estipula también medidas para primar la electricidad que producen las plantas de cogeneración, faculta al Gobierno para fijar el sistema de primas por el uso de carbón nacional en la generación eléctrica y amplía el periodo de contratación para las subastas virtuales de energía, con el objetivo de fomentar este tipo de contratos entre las eléctricas y los consumidores.
En cuanto al sector gasista, el Real Decreto-Ley introduce una disposición que elimina el criterio cronológico a la hora de asignar la capacidad de los operadores de disponer de espacio en los almacenamientos subterráneos de gas natural y lo sustituye por criterios más objetivos, especialmente en el porcentaje de ventas del año anterior.
Con esta medida se asegura la igualdad a todos los operadores en el acceso a los almacenamientos subterráneos. EFECOM
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