Empresas y finanzas

Justicia UE defiende a internautas en caso por derechos de autor de música

'El derecho comunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor en el marco de un procedimiento civil', indicaron los jueces de la Corte Europea de Justicia (CEJ) en un comunicado.

BRUSELAS (Thomson Financial) - La justicia europea autorizó el martes una ley española que permite a un proveedor de internet negarse a comunicar la identidad de internautas que intercambian archivos de música y a los que se pretendía iniciar una acción civil por no respetar los derechos de autor.

Según la CEJ, la protección de la propiedad intelectual y de los derechos de autor 'no puede ir en perjuicio de las exigencias relativas a la protección de los datos personales'.

La asociación española de productores y editores de música Promusicae había exigido ante la justicia nacional que la compañía Telefónica revelase la identidad y la dirección de determinadas personas a las que presta un servicio de acceso a Internet.

Según Promusicae, estas personas utilizaban el programa de intercambio de archivos denominado 'KaZaA', que permite el acceso, en una carpeta compartida de su ordenador personal, a canciones cuyos derechos patrimoniales de explotación corresponden a los asociados de Promusicae.

Pero Telefónica alegó que, conforme a la legislación española, la comunicación de los datos solicitados por Promusicae sólo estaba autorizada en el marco de una investigación criminal o para la salvaguardia de la seguridad pública y de la defensa nacional.

Ante esta situación, la justicia española pidió la opinión de los jueces europeos con sede en Luxemburgo.

En concreto, el tribunal español preguntó si el derecho comunitario obligaba a los Estados miembros de la Unión Europea a imponer el deber de 'comunicar datos personales en el marco de un procedimiento civil con objeto de garantizar una protección efectiva de los derechos de autor'.

Pero si la CEJ considera que el derecho comunitario 'no excluye la posibilidad de que los Estados miembros impongan el deber de divulgar datos personales en un procedimiento civil', tampoco 'obliga a los Estados miembros a imponer tal deber'.

tfn.europemadrid@thomson.com

tg

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