Empresas y finanzas

Un juez declara nulo el canon de la SGAE a los videoclubs

  • La firma, que presentará un recurso, tendrá que devolver entre 50 y 60 millones

Nuevo revés para la SGAE. Después de que la Audiencia Nacional echara por tierra el canon digital, un juez ha declarado ahora nulas todas las tarifas aplicadas por la entidad que gestiona los derechos de autor a los videoclubs desde el año 2005.

La sentencia fue notificada ayer y la ha dictado el juzgado de lo mercantil número 1 de Oviedo a raíz de una demanda presentada por la Asociación Asturiana de Videoclubs, pero es de obligado cumplimiento en todo el Estado.

El fallo no deja ningún lugar a dudas. Tras estimar la demanda, se declara "la nulidad de pleno derecho de las tarifas generales fijadas por la SGAE a partir del año 2005 y hasta la actualidad para el alquiler de soportes de grabaciones audiovisuales, imponiendo a la demandada las costas en primera instancia".

Devolver hasta 60 millones

Gonzalo Botas, abogado de la asociación demandante, calcula que "aunque en los últimos años han desaparecido muchos videoclubs -en 2005 había unos 5.000 y ahora quedan menos de la mitad-, cada uno de ellos ha tenido que pagar alrededor de 2.000 euros de media al año, por lo que la SGAE tendrá que devolver entre 50 y 60 millones de euros". En su opinión, se abre ahora así la vía legal para que cada establecimiento puede solicitar a la sociedad el importe abonado.

La SGAE, que anunció la presentación de un recurso ante la Audiencia Provincial, expresó serias dudas jurídicas sobre la sentencia. "No tenemos claro que sea de obligado cumplimiento en todo el Estado, es algo que se está analizando. Además, tenemos dudas jurídicas sobre la retroactividad de la medida", aseguró ayer un portavoz.

Hasta el año 2005 la SGAE tenía un acuerdo con la Unión Videográfica Española, en virtud del cual ésta se encargaba de recaudar el derecho (0,90 euros por película adquirida para su posterior alquiler) y entregarlo posteriormente a la sociedad.

Desde entonces, se pactó sin embargo un nuevo convenio con las asociaciones representativas del sector por el que se pagaba en función de los metros cuadrados del establecimiento.

El juez considera que fijar las tarifas en función de la superficie supone una "simplificación excesiva de la realidad" y recuerda además que "España es el único país en el que se aplica este criterio". Asimismo, recuerda también el daño que Internet y la piratería ha hecho a este sector en los últimos años.

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