Empresas y finanzas

Economía/OPA.- La retirada parcial de condiciones de la CNE no eximirá a Enel de la obligación de informar al Gobierno

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

La retirada parcial de las condiciones impuestas por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) a la Oferta Pública de Adquisición (OPA) de Enel y Acciona sobre Endesa no eximirá a la eléctrica italiana de su obligación de informar al Ministerio de Industria acerca de las decisiones del grupo adquirido relacionadas con el interés general o la seguridad pública de los españoles.

La respuesta por parte de Industria al recurso de alzada de Enel y Acciona a las condiciones de la CNE es independiente de la autorización del Consejo de Ministros del pasado 27 de julio a la eléctrica italiana para ejercer derechos políticos en Endesa, en la que también se pusieron condiciones.

En aquel momento, el Ejecutivo estableció la obligación de que, tras cada consejo y cada junta de accionistas de Endesa, Enel informe a Industria acerca de los acuerdos adoptados, así como sobre el sentido y la motivación del voto de sus representantes en relación con los puntos del orden del día que tuvieran por objeto asuntos que afecten al interés general o a la seguridad pública española. Además, Enel deberá elaborar un informe anual con su estrategia corporativa acerca de estas cuestiones.

Enel no se mostró especialmente reticente a estas condiciones, que en definitiva le abren las puertas a la capacidad para ejercer de forma plena derechos políticos en Endesa, restringidos por la Ley Rato, que limita al 3% el peso político de las empresas con capital público extranjero en compañías españolas estratégicas.

Por otro lado, la decisión anunciada ayer reduce considerablemente las áreas acerca de las cuales la CNE recibirá información por parte de Enel y Acciona. De hecho, Industria rechaza las condiciones relacionadas con la obligación de informar a la CNE acerca de decisiones del consejo o de la junta de accionistas relacionadas con la estrategia corporativa o que afecten al interés general. Además, el departamento dirigido por Joan Clos desestima la potestad del regulador energético para revocar decisiones en supuestos de gravedad para el interés general.

Industria también ha suprimido la obligación de Enel y Acciona de informar semestralmente a la CNE sobre posibles operaciones financieras o políticas que pudieran implicar alteraciones significativas en la situación patrimonial de Endesa.

De este modo, la resolución impugnada por Industria limita las obligaciones de informar a la CNE a informes trimestrales sobre la evolución del ratio entre deuda financiera neta y Ebitda --deberá ser menor a 5,25 durante tres años-- y a informes anuales sobre cualquier incidencia que haya afectado a la producción de energía nuclear.

Por otra parte, la resolución recoge la potestad de la CNE para dirigirse al Gobierno en situaciones que tengan con objeto garantizar el suministro energético en emergencias relacionadas con la escasez o riesgos en la prestación del mismo, así como en momentos de desabastecimiento de algunas de las fuentes de energía primaria.

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