Empresas y finanzas

La Generalitat de Cataluña se lanza contra El CorteInglés

La Inspección de Trabajo impone una multa de 24.000 euros a la empresa por discriminar a las mujeres y ha llevado el caso a los tribunales. El rey de la distribución ha perdido ya el primer recurso, pero puede plantear más

La Generalitat de Cataluña ha tomado medidas ante esta situación. La dirección general de Relaciones Laborales, dependiente de la consejería de Trabajo e Industria, ha presentado cuatro demandas contra el gigante por "discriminación por razón de género".

Las demandas se basan en cuatro actas abiertas por la Inspección Provincial de Trabajo en varios centros de Barcelona: los establecimientos de Diagonal y Plaza Cataluña, las oficinas centrales del grupo, en la calle Bolivia, y el almacén logístico que posee en el polígono El Raiguer, de Montornés del Vallès. Trabajo propone multar con 24.000 euros a El CorteInglés, a razón de 6.000 euros por cada acta. Aunque la infracción cometida es considerada leve, la Inspección de Trabajo ha impuesto una pena económica superior a la correspondiente por el elevado número de trabajadoras afectadas.

El origen de las inspecciones

En el año 2004, un grupo de trabajadoras de El CorteInglés en Cataluña dijeron basta. Querían promocionar y tener salarios equivalentes a los de sus compañeros varones. Apoyadas por el sindicato CCOO, denunciaron la situación ante un grupo de inspectoras creado por la Consejería de Trabajo e Industria de la Generalitat para combatir la discriminación.

"Recopilamos datos correspondientes al año 2002 y los trasladamos al grupo de inspectoras", explica José Manuel Hernández, miembro de CCOO en Cataluña.

Los inspectores analizaron también los ejercicios de 2003, 2004 y 2005, y comprobaron que la discriminación hacia la mujer era práctica habitual. Además, la compañía no ha planteado ningún tipo de negociación ni ha tomado medidas correctoras, pese a las advertencias. Esta situación fue la que llevó a Trabajo a actuar de oficio.

Juicio inminente

Con las pruebas sobre la mesa, la Generalitat tomó la iniciativa y actuó por cuenta propia, procedimiento que no requiere denuncia previa. Este tipo de actuaciones sólo ocurre cuando se detecta "un incumplimiento reiterado de la ley o algún fraude a las cotizaciones sociales", según explican fuentes de la Administración catalana.

A día de hoy, las demandas contra el grupo que preside Isidoro Álvarez se encuentran a la espera de resolución en el juzgado de lo social número 13 de Barcelona. La titular del juzgado ha fijado como fecha del juicio el próximo 4 de abril.

El CorteInglés, que ya recurrió las actas de Inspección de Trabajo, podrá presentar recurso contra la resolución de la juez ante el Tribunal Superior de Justicia, ya que la compañía acumula actas de inspección en otras comunidades autónomas. Una de ellas, en el centro comercial que posee en la calle Pintor Sorolla, de Valencia.

Según Hernández, "lo previsible es que el grupo intente alcanzar un pacto con el comité de empresa antes del 4 de abril para presentarlo ante la juez". El comité está formado por 15 representantes, de los que uno corresponde a CCOO, otro a UGT y 13 se reparten entre Fasga y Fetico, dos organizaciones que Hernández califica de sindicatos amarillos. "Fasga se creó en 1978 en sólo un mes, para presentarse a las primeras elecciones sindicales y, al igual que Fetico, su presencia en empresas ajenas a El CorteInglés es testimonial", explica. CCOO espera que la magistrada del juzgado número 13 "falle a nuestro favor y conceda a las trabajadoras afectadas compensaciones equivalentes a los aumentos salariales que han dejado de percibir por la discriminación de género". Otro de los objetivos es que, "a partir de ahora, El CorteInglés presente una tabla y un calendario de promociones, que incluya cierta paridad entre hombres y mujeres".

No obstante, existe una quinta inspección que la Generalitat, finalmente, no ha llegado a demandar. "Afecta al Hipercor de la Meridiana de Barcelona", explica José Manuel Hernández, de CCOO, quien denuncia que "la situación de discriminación no se reduce a los centros de El CorteInglés, también afecta a los establecimientos Hipercor".

Las pruebas del pecado

Las cuatro demandas presentadas son similares en los hechos y en los fundamentos jurídicos. La más significativa es la del centro comercial de Plaza Cataluña, tanto por número de empleadas afectadas como por ser el establecimiento más emblemático de Barcelona.

En este centro, con fecha de agosto de 2005, la Inspección de Trabajo de Barcelona constató "la existencia de una discriminación por razón de género en el sistema de promoción profesional". Su afirmación se basa en los datos sobre composición de plantilla y política de ascensos comprobados durante 2003, 2004 y 2005.

Esta investigación, con fecha 22 de marzo de 2005, demuestra que el porcentaje de mujeres sobre el total de trabajadores disminuye cada vez que se asciende un escalón. En esa fecha, la plantilla estaba formada por 1.803 trabajadores, de los que 673 eran hombres (37%) y 1.130 mujeres (67%). En las categorías inferiores, las mujeres suponían un 68% del total, en el grupo de coordinadores este porcentaje caía al 39%, y entre los mandos, se desplomaba al 18%.

La inspección también comprobó que los hombres disfrutan de muchos más ascensos que las mujeres, teniendo en cuenta su peso sobre toda la plantilla. Problema que se agrava en los escalafones superiores, ya que los menores ascensos femeninos se concentran en el salto del grupo de iniciación (últimas incorporaciones) a plantilla de base.

Según Inspección, El CorteInglés admite la existencia de desigualdades en la promoción entre hombres y mujeres. "El punto de partida no es discriminatorio, pese a que después se da lugar a desigualdades". Sin embargo, la compañía intenta justificar estas diferencias de trato en un problema social y asegura que lo resolverá en el marco de una negociación colectiva, después de que los sindicatos y el Instituto de la mujer les remitan sus opiniones.

Pero sus argumentos no convencen a lo inspectores. "No existe justificación objetiva y razonable de esta situación", señalan desde Trabajo. Y critica el inmovilismo de la compañía, ya que a pesar de que reconoce las desigualdades, sigue consintiendo que "los ascensos a los grupos superiores se lleven a cabo con criterios subjetivos, no transparentes, por parte de la dirección de la empresa y sin participación de los representantes legales de los trabajadores".

Las justificaciones del gigante

El CorteInglés recurrió las actas de inspección alegando que la acusación de discriminación se basaba en "un mero dato estadístico", que "desigualdad y discriminación no son situaciones equiparables", y que el sistema de promoción se ha de contemplar en "el marco del principio de libertad de empresa".

Además, acusó a las mujeres de ser, en parte, responsables de su falta de ascensos. Según la compañía, para promocionarse se exige "jornada partida, flexibilización de horarios, movilidad geográfica" y, como consecuencia, la "mayoría de mujeres rechaza el ascenso al grupo de mandos".

Incluso, sus servicios jurídicos han alegado que, de existir discriminación, "no sería en un centro aislado, sino en el conjunto de la empresa, lo que constituiría una única sanción por discriminación y no tantas infracciones como centros de trabajo". Y piden que la sanción sea calificable como "falta grave" en el grado mínimo y, dentro de éste, en sus tramo inferior.

A nivel nacional, CCOO está preparando una demanda colectiva ante la Audiencia Nacional para acabar con la discriminación. La batalla está servida.

El Corte Inglés se defiende

Es un problema social.
1 El Corte Inglés recurrió las actas alegando que las acusaciones de discriminación se basaban en "meros datos estadísticos" y que "desigualdad y discriminación no son situaciones equiparables". En concreto, dijo que "el punto de partida (de su política de ascensos) no es discriminatorio, pese a que después se da lugar a desigualdades", e intentó justificar estas diferencias de trato que sufren sus empleadas en un problema social. Ellas rechazan los ascensos.

2 La compañía también ha acusado a las mujeres de ser, en parte, responsables de la falta de promociones. "La mayoría de las mujeres rechaza el ascenso al grupo de mandos", alegó. Como razón a esta negativa de las féminas, El Corte Inglés dijo que las mujeres no están dispuestas a aceptar las condiciones que impone la empresa para estos cargos: "jornada partida, flexibilización de horarios, movilidad geográfica". Si existe, es en todos los centros.

3 Los servicios jurídicos del gigante español de los grandes almacenes también han intentado contrarrestar las demandas y, sobre todo, su castigo económico con una cuestión numérica y de cultura empresarial. Alegan que, si existe discriminación, "no sería en un centro aislado, sino en el conjunto de la empresa, lo que constituiría una única sanción por discriminación, y no tantas infracciones como centros de trabajo". Y es una falta mínima.

4 Además, en el supuesto de que se demuestre que El Corte Inglés discrimina a las mujeres, sus abogados consideran que la correspondiente pena debería reducirse a "una falta grave en el grado mínimo y, dentro de éste, en su tramo inferior". La multa que ha impuesto Relaciones Laborales al grupo considera la infracción en grado mínimo, pero impone una pena económica superior por el elevado número de mujeres afectadas.

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