Empresas y finanzas

Ausbanc advierte 90% demandas bancos se tramitan sin oposición de clientes

Valencia, 11 oct (EFECOM).- La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) ha asegurado que más del 90 por ciento de los procedimientos judiciales instados por bancos y cajas se tramitan sin oposición de los demandados, a quienes insta a interponer su oposición en el procedimiento judicial ante las entidades bancarias.

Ausbanc ha advertido hoy de que no todas las demandas interpuestas por bancos y cajas en reclamación de deudas son "correctas" y "ajustadas", por lo que anima a sus usuarios a que interpongan su oposición en el procedimiento judicial.

En concreto, más del 90 por ciento de los procedimientos judiciales instados por bancos y cajas se tramitan sin oposición de los clientes demandados, lo que conlleva que, en muchas ocasiones, reclamaciones indebidas o desproporcionadas sean estimadas por los juzgados.

Para Ausbanc, los bancos y cajas utilizan los juzgados como "oficinas recaudatorias", algo que, según esta asociación, supone una "mala praxis muy alejada de la función que la Constitución Española encomienda a nuestros tribunales".

En este sentido, la asociación ha hecho pública una sentencia en la que un Juzgado de Primera Instancia valenciano estima "desleal" y "contraria al derecho" una actuación del BBVA al pretender un "enriquecimiento injusto".

Los hechos se remontan a 1985, cuando un asociado de Ausbanc compró una vivienda de protección oficial por un importe de 21.035 euros, subrogándose el mismo en el préstamo hipotecario que gravaba la finca, que ascendía a 15.307 euros, y que fue concedido por el antiguo Banco Hipotecario de España (BHE), que la tasó en 30.615 euros.

El propietario abonó las cuotas del préstamo durante varios años, pero a principios de los 90 pasó a estar desempleado, lo que le impidió hacer frente a las cuotas del préstamo, lo que llevó al BHE a presentar una demanda de ejecución hipotecaria contra el cliente, a quien reclamaba 11.786 euros.

Como consecuencia, el inmueble hipotecado se subastó, adjudicándoselo el propio BHE en 1994 por un importe de 3.005 euros, que suponían una décima parte del precio que diez años antes había fijado en la escritura como precio de tasación.

Al mejorar la situación económica del propietario, éste inició los trámites para pagar las cantidades adeudadas y recuperar así su vivienda, que el BHE accedió a venderle tras diversas negociaciones por 24.040 euros, ocho veces más que la cantidad por la que se la había adjudicado dos años antes.

Posteriormente, el propietario del inmueble inscribió como titular de la operación a su hermano, quien compró la vivienda en 1996, financiada por el BBVA, que en 2001 instó al primer propietario a recomprar a su hermano el inmueble, subrogándose a éste en el préstamo hipotecario suscrito con este banco.

Finalmente, en 2006, sin notificación previa, el BBVA interpuso una demanda en reclamación de 26.284 euros más intereses moratorios y costas, al entender que el préstamo originariamente suscrito con el BHE no había sido satisfecho.

Para Ausbanc, interponer esta demanda doce años después de la adjudicación del inmueble supone un "retraso desleal" en el ejercicio del derecho por parte del BBVA, de modo que su estimación por parte del juez supondría favorecer al banco "con un enriquecimiento injusto". EFECOM

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