MADRID (Reuters) - El Gobierno aprobó el viernes el Real Decreto de refuerzo del sector financiero español y decidió finalmente ampliar hasta el primer trimestre de 2012 el plazo de recapitalización de las entidades si acreditan que ya han iniciado sus trámites de salida a bolsa.
"Hemos aprobado hoy este decreto ley para reforzar la solvencia y la sostenibilidad de nuestro sector financiero para que incluso en situaciones difíciles pueda seguir suministrando crédito", dijo Salgado en la rueda de prensa habitual tras la reunión del Consejo de Ministros.
En un intento de recuperar la confianza de los mercados, el Gobierno decidió elevar como norma general el nivel mínimo de ratio de capital de máxima calidad al 8 por ciento y al 10 por ciento para entidades no cotizadas, admitiendo necesidades de capital máximas de hasta 20.000 millones de euros.
La ministra insistió en que se mantiene la fecha de septiembre para que las entidades alcancen las nuevas exigencias de capital. En caso de incumplimiento, el Estado entraría en las entidades menos solventes a través de acciones ordinarias por un plazo temporal de hasta 5 años.
No obstante, la norma establece ahora que todas aquellas entidades que ya tengan en marcha en septiembre los trámites necesarios para captar capital adicional, tendrán tres meses adicionales para buscar un inversor privado, y seis meses para salir a bolsa.
"El Banco de España podrá conceder un aplazamiento hasta el primer trimestre de 2012 (en entidades en procesos de recapitalización) vía oferta pública de venta de acciones", dijo Salgado.
El propio regulador bursátil, CNMV, advirtió recientemente a las entidades la complejidad y duración de los trámites para salir a bolsa, sugiriendo una mayor flexibilización de los plazos.
EL BANCO DE ESPAÑA VALIDARÁ
Salgado avanzó que el Real Decreto, que deberá ser validado por el Parlamento, entrará en vigor el 10 de marzo de 2011, cuando el Banco de España ofrecerá los datos de capital básico de todas las entidades españolas en base al ejercicio 2010.
La ministra recordó que antes de septiembre las propias entidades pueden solicitar voluntariamente la intervención del FROB.
Las ayudas estatales, a través del FROB, se realizarían mediante la compra de acciones o títulos convertibles de forma temporal, por un plazo máximo de cinco años.
Al tener consideración de inyección estatal, la entrada del FROB en las entidades se someterá a supervisión de la UE y se deberán seguir una serie de requisitos sobre valoración independiente y otras cuestiones, como garantizar la rentabilidad de las inversiones.
Al mismo tiempo está garantizado que las ayudas del FROB no computarán en el déficit público al ajustarse a las exigencias de Bruselas.
"Ninguna de las entidades está en pérdidas, la adquisición de acciones es de carácter temporal y las compras se realizarán de acuerdo a una valoración independiente", dijo la ministra.
Aunque está previsto que la salida del Estado del capital a futuro se realice mediante un proceso competitivo, Salgado explicó que durante los dos primeros años el FROB podrá desinvertir libremente en condiciones de mercado.
En la definición de capital principal, la ministra precisó que se englobaría capital, reservas, primas de emisión, intereses minoritarios más los instrumentos suscritos por el FROB y transitoriamente instrumentos obligatoriamente convertibles en acciones, y minorados por resultados negativos y pérdidas, activos inmateriales y ajustes por valoración.
En los procesos de reestructuración del sistema financiero español, que ha reducido el número de cajas a 17 desde las 45 cajas que había antes de la crisis, el FROB ha comprometido hasta la fecha ayudas por valor de 11.600 millones de euros.
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