Bruselas, 17 sep (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la UE consideró hoy que la Comisión Europea (CE) no cometió delito al investigar los informes y correos electrónicos intercambiados entre una empresa química y sus abogados, ya que, en su opinión, no tenían un carácter confidencial.
La CE investigó en 2003 a la empresa para saber si había cometido un delito contra la competencia en el mercado europeo y para ello solicitó una serie de informes y comunicaciones entre empresa y cliente que los abogados de Akzo Nobel consideraron en un primer momento confidenciales.
A pesar del carácter confidencial que los servicios jurídicos de la empresa dieron a estos informes (documentos relacionados con el caso y correos electrónicos enviados entre los abogados y Akzo Nobel) la CE continuó la investigación teniendo en cuenta estos informes.
Finalmente, condenó a la compañía, junto a Hoechst, a pagar una multa de 216,9 millones de euros por pactar precios y establecer una alianza ilegal en el mercado del ácido cloroacético, sustancia utilizada para fabricar detergentes y adhesivos.
La empresa estimó que esta práctica iba en contra de la normativa comunitaria sobre la protección de confidencialidad entre abogados y clientes y envió un recurso al Tribunal de Justicia de la UE.
Hoy este tribunal falló a favor de la CE, ya que considera que no se violaron las normas relativas a la protección de la confidencialidad entre empresa y cliente en la aplicación del derecho comunitario respecto a la competencia. EFECOM
jrp/met/mdo
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