Madrid, 21 jun (EFECOM).- El presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), Luis Berenguer, considera que la comparecencia de los miembros del Comisión Nacional de Competencia (CNC) ante el Parlamento garantiza que éstos no sean elegidos por razones "diferentes" a su capacitación técnica y científica.
La nueva Ley de Defensa de la Competencia establece que los miembros de la CNC sean elegidos por el Gobierno e integra en una única autoridad a los actuales Servicio y Tribunal, aunque mantienen la separación entre las fases de instrucción -que dependen del Servicio- y la resolución, que ejerce actualmente el Tribunal.
Berenguer añadió, en una jornada organizada por el Instituto de Empresa (IE) sobre la citada Ley, aprobada por el Congreso el pasado 14 de junio y que entrará en vigor en septiembre, que los "conflictos y roces" que puedan derivar de la fusión "no van a existir" y, si se dan, se superarán "con facilidad".
También indicó que la modificación que incluye la Ley en materia de concentración supone un paso "considerable" a favor de un sistema "más rápido" y refuerza su independencia.
El presidente del TDC reconoció que existen razones para defender tanto el antiguo modelo como el actual que, aseguró, agiliza los trámites y los dota de mayor independencia, ya que ninguno de los organismos depende del Gobierno.
En este sentido, aseguró que la tendencia actual europea es unificar en una sola autoridad los dos organismos competenciales, como ha sucedido en España y en Portugal.
De hecho, apostó por que en un futuro los países de la Unión Europea (UE) que mantienen la separación entre estos organismos, como Bélgica y Francia, emprenderán acciones para unificarlos.
Por su parte, el director del Servicio de Competencia de la Comunidad de Madrid, Francisco Marcos, lamentó que la nueva Ley no distinga entre mercado autonómico y suprautonómico, algo, en su opinión, "crucial".
También señaló que la nueva norma supone coordinar diferentes modelos autonómicos con uno descentralizado como es el de la CNC, lo que provocará "quebraderos de cabeza".
No obstante, reconoció que algunas reclamaciones autonómicas, como la refundición de la nueva legislación y la que regula el derecho de asociación (del año 2002), no se atendieron porque suponía la reapertura del debate sobre las competencias de las comunidades autónomas.
La nueva Ley de Defensa de la Competencia atribuye varias funciones a los servicios de competencia autonómicos, como la capacidad para impugnar actos de las Administraciones regionales o locales de su territorio y disposiciones generales de rango inferior a Ley que sean obstáculo para la competencia en los mercados. EFECOM
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