Empresas y finanzas

Tribunal UE apoya Administración española en litigio con empresas forestales

Bruselas, 19 abr (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la UE declaró hoy compatible con las reglas comunitarias el sistema de contratación pública de obras y servicios forestales en España, lo que supone un aval a la Administración española, en un litigio que impulsó la asociación española de empresas de este sector (Asemfo).

Los jueces comunitarios se pronunciaron hoy sobre la denuncia, de la patronal forestal Asemfo, contra el estatus de la empresa pública Tragsa en la adjudicación por parte de las autoridades españolas de obras y servicios, porque los empresarios consideraron que impide la libre competencia.

En la sentencia, la Justicia comunitaria respondió al Tribunal Supremo español, quien preguntó si es admisible y acorde con las reglas comunitarias que un país permita a una empresa como Tragsa realizar obras públicas sin someterse al régimen de contrato a través de concurso.

Asemfo alegó que el régimen particular de Tragsa permite que haga un elevado número de obras por encargo directo de la Administración, con lo que se suprime por "completo" la competencia en el mercado español y argumentó que la sociedad pública es incompatible con las normas comunitarias.

El Tribunal de Justicia de la UE afirmó hoy, por el contrario, que el régimen jurídico de Tragsa no se opone a la legislación comunitaria.

Los jueces señalaron que como empresa pública, Tragsa actúa "como medio propio instrumental y servicio técnico de varias autoridades públicas", desde el momento en que, por una parte, las Administraciones ejercen sobre esta sociedad "un control análogo" al que someten sus propios servicios.

Por otro lado, Tragsa realiza lo esencial de su actividad con las mismas autoridades que la controlan, porque el 55% la efectúa con las comunidades autónomas y el 35% con el Estado, según la sentencia.

El Tribunal señaló que el 99% del capital de Tragsa pertenece al Estado español y que cuatro comunidades autónomas poseen el 1%, con lo que esta empresa no tiene la posibilidad de fijar la tarifa de sus intervenciones, con lo que las relaciones que le encomienden las autonomías no tienen "naturaleza de contrato". EFECOM

ms/jlm

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