MADRID (Reuters) - El Parlamento andaluz aprobó el miércoles por una ley sobre la muerte digna que garantiza el derecho de un enfermo terminal a rechazar o interrumpir un tratamiento, en la primera norma sobre esta cuestión que se aprueba en España.
"Andalucía se puede convertir en una referencia legislativa en nuestro país e incluso fuera de él", dijo el martes la consejera de Salud andaluza, María Jesús Montero, antes de la votación
"Y puede incluso, sus señorías, representar un ejemplo de cómo legislar sobre derechos y responsabilidades de una manera equilibrada, exquisita y sensible, sobre todo cuando se abarcan estos ámbitos que se hunden en los limites de la propia existencia personal y siempre desde una posición profundamente respetuosa con las creencias individuales de cada persona" agregó.
La Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte regula los derechos del paciente durante la última etapa de la vida para asegurar su autonomía y el respeto a su voluntad y dignidad, así como los deberes de los profesionales, instituciones y centros sanitarios encargados de la atención al enfermo.
En este sentido, la nueva norma eleva a "categoría de buenas prácticas clínicas" los supuestos incorporados, como la sedación paliativa terminal, siempre y cuando se den las condiciones de información y consentimiento informado.
Entre los derechos reconocidos se incluye el derecho del paciente a rechazar o paralizar cualquier tratamiento o intervención, aunque ello pueda poner en peligro su vida.
Además, se incluye el derecho a recibir, o no si así lo desea el paciente, información clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico; así como el derecho a recibir tratamiento del dolor, como la citada sedación paliativa, también en su domicilio siempre que no estén contraindicados y la persona así lo desea.
La norma no hace referencia a la eutanasia (acto para provocar la muerte) ni al suicidio asistido (ayudar a morir a una persona), delitos recogidos en el Código Penal sobre el que no puede legislar un gobierno autonómico.
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