Empresas y finanzas

Iberdrola, muy satisfecha con la aprobación sin condiciones de la Comisión Europea a la operación con ScottishPower

El visto bueno de Bruselas es uno de los hitos más relevantes de todo el proceso

? De este modo, se sigue cumpliendo el calendario que anunció la Compañía al hacer público el acuerdo amistoso de integración con la eléctrica escocesa, el pasado 28 de noviembre

? En Estados Unidos, IBERDROLA también ha recibido las autorizaciones de la Comisión Federal de la Energía y la Comisión Federal de Telecomunicaciones y la aprobación bajo la Ley Hart-Scott-Rodino

? La Empresa está a la espera de obtener otros dos vistos buenos en dicho país: la autorización bajo la Ley Exon Florio y por parte de la Comisión de Servicios Públicos del Estado de Nueva York

IBERDROLA considera muy satisfactoria la decisión hecha pública hoy por la Comisión Europea de aprobar sin condiciones, conforme al Reglamento de Concentraciones de la UE, la operación de integración con ScottishPower, presentada a los mercados el 28 de noviembre del pasado año.

Según su comunicado oficial, "después de examinar la operación, la Comisión ha concluido que la transacción no obstaculizaría de forma significativa la competencia efectiva en el Espacio Económico Europeo o en una parte sustancial del mismo".

Para la Compañía, que había notificado formalmente a Bruselas dicho acuerdo amistoso de integración con ScottishPower el pasado 12 de enero, la aprobación de la Comisión Europea es uno de los hitos más relevantes de todo el proceso.

En este sentido, IBERDROLA destaca que se sigue cumpliendo el calendario que anunció al hacerse pública la operación, con lo que se prevé que ésta pueda culminarse, como estaba previsto, durante el segundo trimestre de este año. La autorización hecha pública hoy por la Comisión Europea se une a otras que ya ha obtenido la Empresa durante 2007:

1) Aprobación bajo la Ley de los Estados Unidos Hart-Scott-Rodino, al haber concluido el pasado 22 de enero el periodo de espera exigido. Este trámite supone haber recibido el visto bueno de las autoridades de la competencia de este país.

2) Autorización de la Comisión Federal Reguladora de la Energía (FERC) de los Estados Unidos, lograda el pasado 25 de enero, cuya obtención era necesaria dadas las actividades energéticas que ScottishPower desarrolla en este país.

3) Autorización de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (FCC) de los Estados Unidos, conseguida el 5 de febrero de 2007, cuya obtención era necesaria toda vez que ScottishPower es titular de ciertas licencias de uso privado de telecomunicaciones en este país.

Asimismo, IBERDROLA se encuentra a la espera de conseguir otros dos vistos buenos en Estados Unidos:

4) Antes del próximo 22 de febrero, la aprobación prevista en la Ley Exon-Forio. En aplicación de dicha ley, el Comité de Supervisión de Inversiones Extranjeras de Estados Unidos (CFIUS) analiza las adquisiciones y fusiones que puedan tener un impacto en la seguridad nacional, considerándose el sector energético, a estos efectos, como estratégico.

5) Antes del 13 de abril de 2007, la autorización de la Comisión de Servicios Públicos del Estado de Nueva York. Este órgano estatal es el encargado de verificar que las concentraciones y cambios de control de las compañías energéticas no afectan al suministro de energía del Estado de Nueva York.

En línea con la estrategia de IBERDROLA

La integración con ScottishPower, valorada en alrededor de 17.200 millones de euros, se enmarca en el nuevo Plan Estratégico 2007-2009 de IBERDROLA, que fue presentado el pasado 4 de octubre y que, además de continuar con el crecimiento orgánico, apuesta también por el crecimiento no orgánico.

La operación, que refuerza el compromiso de la Compañía con los accionistas, clientes, personas y la sociedad, cumple con todos los criterios estratégicos y financieros establecidos por IBERDROLA: se realiza en un país cuyo mercado energético está liberalizado y con una empresa que integra actividades de generación, distribución y comercialización; se prevé que su resultado tendrá un impacto positivo sobre los beneficios y el cash flow, y mantendrá la solidez financiera.

Según los datos hechos públicos en la presentación del acuerdo, la integración de IBERDROLA y ScottishPower, estratégicamente complementaria, dará lugar a un líder energético europeo, con un valor de empresa pro forma de cerca de 64.000 millones de euros, una amplia presencia geográfica y unos firmes pilares sobre los que asentar el crecimiento futuro.

Se prevé que las sinergias operativas derivadas de la operación asciendan a 130 millones de euros al año, provenientes, entre otras cosas, de los ahorros de costes operativos y financieros, de las mejoras en los negocios de generación y distribución, y de la gestión de las instalaciones renovables.

El nuevo Grupo integrado contará, considerando las cifras pro forma hasta septiembre de 2006, con una capacidad instalada de 36.600 megavatios (MW) y 21,4 millones de puntos de suministro eléctrico. Asimismo, la suma de IBERDROLA y ScottishPower consolidará el liderazgo mundial en el sector de las energías renovables, con una potencia de 6.040 MW.

LAS AUTORIZACIONES


Esta comunicación no constituye una oferta de compra, de venta o de canje, ni una solicitud de una oferta de compra, de venta o de canje de títulos valores, ni una solicitud de voto alguno o aprobación respecto a la adquisición de ScottishPower plc propuesta por Iberdrola S.A. (la "Adquisición"); tampoco existirá compra, venta o canje de valores, ni solicitud de ello, en ninguna jurisdicción en la que dicha oferta, venta o canje fuese ilegal sin su previa notificación o registro conforme a las leyes de tal jurisdicción.

En el caso en que -y cuando- Iberdrola S.A. inicie la Adquisición de las acciones ordinarias de ScottishPower plc y la Adquisición sea implementada a través de un "scheme of arrangement" conforme a la ley de sociedades británica (U.K. Companies Act 1985, según modificada), (el "Scheme") los títulos de Iberdrola S.A. no se registrarán conforme a la Ley de Valores Americana (U.S. Securities Act de 1933, según modificada, la "Securities Act"), sino que serán emitidos teniendo en cuenta la exención prevista en la Sección 3(a)(10) de la misma, y ScottishPower plc proveerá el documento de adquisición a la SEC bajo el formulario Form 6-K. Si en lugar de a través del "scheme" Iberdrola S.A. decide realizar la Adquisición a través de una oferta pública de adquisición (takeover offer) conforme al derecho bursátil británico (The City Code on Takeovers and Mergers of the United Kingdom"), (la "Oferta"), en la medida en que las acciones emitidas en relación a la Adquisición requieran su notificación en los Estados Unidos, Iberdrola S.A. procederá a depositar ante la comisión del mercado de valores de los Estados Unidos ("United States Securities and Exchange Comisión", "SEC") una declaración de notificación (registration statement) bajo el formulario Form F-4, que incluirá un folleto. Se aconseja seriamente a los inversores que lean los documentos que les serán facilitados, incluyendo la declaración de notificación y el folleto cuando se disponga de ellos, así como cualquier otro documento relevante que se ponga a su disposición o a la de la SEC u otras autoridades regulatorias competentes, así como cualquier modificación o suplementos a tales documentos, ya que contendrán información importante relativa a Iberdrola S.A., ScottishPower plc, la Adquisición y a cualquier oferta. Los accionistas de ScottishPower plc deben también leer la declaración de solicitud / recomendación relacionada prevista en el anexo 14D-9, que podrá ser notificada a la SEC por ScottishPower plc, en relación a la Adquisición. En el caso en que se notifique, los inversores podrán obtener copias gratuitas de la declaración de notificación, del folleto, así como de otros documentos relevantes notificados a la SEC, en la página web de la SEC (www.sec.gov) y recibirán información puntual sobre cómo obtener los mencionados documentos relacionados con la transacción gratuitamente a través de las partes afectadas o a través de un agente nombrado a tal efecto.

En algunos países, la distribución de esta comunicación puede estar limitada o restringida por la legislación aplicable. En consecuencia, las personas poseedoras de esta comunicación deben informarse sobre tales restricciones y respetarlas. Las sociedades participantes en la Adquisición eluden cualquier responsabilidad, dentro de lo permitido por la legislación aplicable, por cualquier violación de tales restricciones por parte de cualquier persona.

Las acciones a emitir en relación con la Adquisición no pueden ser ofrecidas ni vendidas en los Estados Unidos, salvo si se efectúa a través de una declaración de notificación efectiva de las previstas en la Securities Act o al amparo de una exención válida del deber de notificación.

AFIRMACIONES O DECLARACIONES CON PROYECCIONES DE FUTURO

Esta comunicación contiene información y afirmaciones o declaraciones con proyecciones de futuro sobre ScottishPower plc e Iberdrola S.A. y sobre el grupo resultante tras la ejecución de la Adquisición propuesta. Las declaraciones con proyecciones de futuro no constituyen hechos históricos. Tales declaraciones incluyen proyecciones financieras y estimaciones y las presunciones subyacentes, declaraciones relativas a planes, objetivos, y expectativas en relación a operaciones futuras, productos y servicios, y declaraciones sobre resultados futuros. Las declaraciones con proyecciones de futuro se identifican generalmente por el uso de términos como "espera," "anticipa," "cree," "pretende," "estima" y expresiones similares. Si bien los directivos de ScottishPower plc y de Iberdrola S.A. consideran que las expectativas recogidas en tales afirmaciones son razonables, los inversores y titulares de las acciones de ScottishPower plc y de Iberdrola S.A. son advertidos de que la información y las afirmaciones con proyecciones de futuro quedan expuestas a varios riesgos e incertidumbres, muchos de los cuales son difíciles de prever y están, de manera general, fuera del control de ScottishPower plc y de Iberdrola S.A., riesgos que podrían ser el causante de que los resultados y desarrollos reales difieran significativamente de aquellos expresados o implícitos en, o proyectados en, las afirmaciones e información con proyecciones de futuro. Entre tales riesgos e incertidumbres están aquellos identificados y tratados en los documentos públicos enviados por ScottishPower plc e Iberdrola S.A. a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y aquellos tratados como "factores de riesgo" ("Risk Factors") en el Informe Anual sobre el formulario Form 20-F, para el ejercicio finalizado el 31 de marzo de 2006, notificado por ScottishPower plc a la SEC el 30 de junio de 2006. Salvo en la medida en que lo requiera la ley aplicable, ni ScottishPower plc ni Iberdrola S.A. asumen obligación alguna de actualizar sus afirmaciones o información con proyecciones de futuro.

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