Empresas y finanzas

TS reconoce capacidad colegios profesionales para exigir colegiación

Madrid, 13 feb (EFECOM).- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fallado una sentencia que reconoce la potestad ejecutiva de los colegios profesionales y les confiere carácter de Administración Pública para exigir, entre otros, el cumplimiento de la colegiación obligatoria.

Según informó hoy el Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (COPAC), esta sentencia se dictó recientemente a raíz de un recurso presentado por este organismo contra un piloto "que ejercía la profesión sin cumplir el requisito de la colegiación obligatoria".

La sentencia reconoce igualmente "la capacidad de los Colegios Profesionales para aplicar los medios de ejecución forzosa y otros medios indirectos para lograr el cumplimiento de sus resoluciones, incluido el de la colegiación", detalló el COPAC.

El Colegio de Pilotos recordó que, en el caso de los pilotos de aviación comercial, la colegiación es una norma de obligado cumplimiento para el ejercicio habitual de la profesión en territorio español.

"Con esta sentencia del Tribunal Supremo, el Colegio Oficial de Pilotos puede instar a la Dirección General de Aviación Civil, como autoridad aeronáutica encargada de la renovación de títulos, licencias y habilitaciones, a que haga cumplir dicho requisito a los pilotos que ejercen la profesión", añadió.

En este sentido, recordó que la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales reconoce la capacidad de éstos para regular el ejercicio de la profesión, pero no la capacidad ejecutiva de dichas instituciones, "por lo que hasta ahora debían recurrir a decisiones judiciales para solucionar los casos de incumplimiento". EFECOM

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