Empresas y finanzas

Abogado UE contra norma que permite autoridades Alemania controlar Volkswagen

Bruselas, 13 feb (EFECOM).- El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE , Dámaso Ruiz-Jarabo, concluyó hoy que la ley que permite a las autoridades alemanas controlar la toma de decisiones en el grupo automovilístico restringe la libre circulación de capitales en la UE.

Según el letrado Dámaso Ruiz-Jarabo, la conocida como "ley Volkswagen" fortalece la posición del Gobierno federal y del Land de Baja-Sajonia en la compañía, impidiendo cualquier interferencia por parte de otros accionistas en la gestión de la misma.

La Comisión Europea denunció la norma alemana -promulgada en 1960 para regular la privatización de la compañía- ante la corte europea en marzo de 2005, al considerar que no respeta los principios de libre circulación de capitales y libertad de establecimiento.

El ejecutivo comunitario se opone al derecho que tienen el Gobierno federal y el Land de Baja-Sajonia, siempre que sean titulares de al menos una acción, a nombrar dos miembros cada uno del Consejo de Vigilancia de Volkswagen.

Bruselas también critica la limitación del derecho de voto a un máximo del 20 por ciento del capital social aunque un accionista supere ese porcentaje y la necesidad de contar con más del 80 por ciento del capital para sacar adelante alguna decisión.

En la práctica, estos límites permiten a un solo gran accionista vetar la adopción de decisiones.

En su recomendación al Tribunal, el abogado general señala que la representación con que cuentan las dos administraciones en el Consejo de Vigilancia de Volkswagen "disuade a quienes pretendan adquirir una cantidad importante de acciones de la compañía", ya que, de los diez miembros asignados a los accionistas, cuatro son nombrados por los poderes públicos, incluso aunque tengan un número marginal de títulos.

El hecho de que el Gobierno federal haya vendido todas sus acciones y, por tanto, no ejerza su derecho de nombramiento resulta, en opinión de Ruiz-Jarabo, "irrelevante", pues basta con que el ordenamiento jurídico alemán consagre su derecho a nombrar mandatarios y su prerrogativa de intervenir cuando lo estimen oportuno.

Sobre la minoría de bloqueo y la limitación de los derechos de voto, recuerda que la reducción del ejercicio del derecho de voto al 20 por ciento del capital coincide con el porcentaje de acciones que se repartieron al Gobierno Federal y al Land Baja-Sajonia cuando se promulgó la Ley.

En estas condiciones, advierte el letrado, un accionista que deseara adquirir un número suficiente de títulos de Volkswagen con la intención de participar en la gestión, tendría serias dudas a la hora de reunir más de una quinta parte del capital, pues quedaría sin voz por encima de ese tope.

Incluso en caso de conseguir movilizar a todos los pequeños accionistas, no hay posibilidad real de adoptar modificaciones, por la minoría de bloqueo de que disfrutan el Gobierno federal y el regional, incide el abogado general.

La situación no se resolvería ni siquiera si Baja-Sajonia vendiera su participación en Volkswagen, asegura el letrado en su informe, pues la mera subsistencia de la norma ampararía el dominio de la entidad regional alemana en el futuro.

Respecto a la posible justificación de estas restricciones por el contexto histórico en que se aprobó la ley y los objetivos de política social, regional, económica e industrial que persigue, Ruiz-Jarabo cree que el argumento del Gobierno alemán es "demasiado amplio y alejado de la realidad".

Por todo ello, propone al Tribunal de Justicia que condene a Alemania, también al pago de las costas.

La opinión del abogado general no es vinculante, aunque los jueces suelen respetarla en sus sentencias. EFECOM

epn/cg

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