Santander, 5 feb (EFECOM).- La Audiencia Provincial de Cantabria ha archivado el procedimiento abierto contra el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, y otros ocho ejecutivos de la entidad por la presunta comisión de varios delitos derivados de la entrega del 1 por ciento de las acciones de Banesto a 13 directivos en 1994.
El auto de la Sección Tercera de esta Audiencia, al que tuvo hoy acceso Efe, estima los recursos presentados por las defensas de los nueve imputados por apropiación indebida y por delitos contra la Hacienda Pública.
Además, el dictamen judicial revoca las decisiones anteriores del Juzgado de Instrucción número 3 de Santander, que ya había recibido los escritos de acusación presentados por la Fiscalía Anticorrupción y el ex consejero de Banesto en la época de Mario Conde Rafael Pérez Escolar.
Esta causa investigaba si el Santander cometió un delito al no hacer las retenciones tributarias correspondientes cuando en 1994 otorgó esas acciones a los 13 directivos que puso al frente de Banesto, tras adquirirlo después de la intervención en 1993.
El Banco Santander, ahora respaldado por la Audiencia de Cantabria, pagó los impuestos cuando en 1998 ejecutó de forma definitiva la cesión de las acciones, una vez que dio por alcanzados los objetivos exigidos a los directivos para la entrega de los títulos.
Según las acusaciones, el Santander debería haber efectuado las retenciones en 1994, en el momento de entregar los 6,47 millones de acciones de Banesto a 400 pesetas -su valor nominal-, cuando su cambio medio en bolsa era de 848 pesetas.
Sin embargo, según la Audiencia de Cantabria, "no existe motivo suficientemente fundado" para que se pueda estimar la existencia del delito de apropiación indebida, ya que en el ejercicio 1994 no hubo "repercusión económica" para los beneficiarios de este plan de incentivos.
Tampoco existe, a juicio de la Audiencia de Cantabria, delito contra la Hacienda Pública ya que la Agencia Tributaria tuvo en su día, tras liquidar definitivamente y por recargo las deudas tributarias en las que incurrieron los beneficiarios, posibilidad de incoar un expediente sancionador y no lo hizo.
Además, el auto firmado por el magistrado Agustín Alonso recuerda que el Banco Santander notificó estas retribuciones a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en abril de 1994, mediante un hecho relevante, y que la Abogacía del Estado -representante de la Agencia Tributaria- se retiró de la acusación pública en esta causa, en favor de la Fiscalía Anticorrupción.
También señala que los afectados hicieron frente a sus obligaciones tributarias, antes de que el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado interpusieran denuncia o se estableciesen diligencias contra ellos, ya que el primer procedimiento contra los 13 ejecutivos que recibieron estas retribuciones comenzó en Alcobendas (Madrid) en 1999.
Por tanto, el juzgado cántabro decreta el sobreseimiento libre para Botín y el resto de miembros de la Comisión Ejecutiva del Santander que autorizó la entrega: Matías Rodríguez Inciarte, José Luis Díaz Fernández, Rafael Alonso Botín, Rodrigo Echenique, Juan Secades e Ignacio Benjumea.
También extiende este sobreseimiento al secretario del Consejo de Banesto, Juan Carlos Rodríguez Cantarero, y al director de Recursos Humanos, José María Espí.
Con esta resolución, Botín queda exculpado de los tres grandes casos judiciales en los que estaba inmerso: las jubilaciones millonarias de José María Amusátegui y Angel Corcóstegui, las cesiones de crédito y la entrega del 1 por ciento de las acciones de Banesto. EFECOM
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