Bruselas, 17 ene (EFECOM).- Las organizaciones de consumidores de la UE quieren que se reconozca legislativamente el derecho de los suscriptores de créditos hipotecarios a la cancelación anticipada, pero la industria no está de acuerdo y advierte de que podría tener un efecto negativo sobre los precios y la variedad de productos.
Así se recoge en un informe publicado hoy por la Comisión Europea con las conclusiones de un grupo de expertos sobre la protección de los consumidores en el negocio hipotecario.
Bruselas destaca que la posibilidad de cancelación anticipada está regulada de diferente manera en cada Estado miembro y, así, mientras en algunos países es una opción obligatoria que las entidades deben ofrecer al cliente, en otros puede o no incluirse en el contrato, en función de lo que decidan las partes.
Junto a este documento, el Ejecutivo comunitario presentó hoy otro informe que recoge las opiniones de un grupo de expertos sobre los obstáculos para la actividad transfronteriza en el mercado europeo de financiación de créditos hipotecarios.
Tras analizar en profundidad las conclusiones de ambos, así como las aportaciones de todos los interesados -Bruselas ha abierto un plazo de consulta hasta el 15 de febrero-, la Comisión presentará un Libro Blanco con propuestas legislativas para mejorar el funcionamiento del mercado hipotecario e impulsar la protección de los consumidores.
Respecto a la cancelación anticipada, los representantes de la industria rechazan el reconocimiento legislativo de ese derecho y apuestan por dejarlo como una opción contractual, por la repercusión que tendría en los precios y en la diversidad de productos, pero también por el riesgo de cancelaciones masivas de créditos coincidiendo con bajadas de los tipos de interés.
En caso de que la Comisión Europea se inclinara por el reconocimiento de ese derecho, las entidades bancarias exigen que se permita introducir en los contratos una cláusula de renuncia.
Sin embargo, las asociaciones de consumidores niegan que la obligación de permitir el pago anticipado pueda tener esas consecuencias y ponen como ejemplo el mercado danés, donde es un derecho reconocido y no se han materializado esos riesgos.
Las dos partes sí están de acuerdo, sin embargo, en que las entidades reciban una compensación cuando el cliente cancela su préstamo por anticipado, aunque los consumidores creen que esto sólo debería aplicarse si el crédito es a tipo fijo.
Además, difieren sobre la necesidad de fijar límites máximos a esa compensación, una posibilidad que la industria considera injusta.
Por otra parte, tanto los consumidores como las entidades ven conveniente armonizar dentro de la UE el método de cálculo de la Tasa Anual Equivalente (el tipo de interés que realmente se paga, incluidas las comisiones), para facilitar la comparación y potenciar la transparencia.
En cuanto al trabajo de los expertos encargados de identificar las barreras para la actividad transfronteriza en el mercado de financiación de créditos hipotecarios, éstos apuestan por facilitar el traslado de hipotecas, para impulsar el desarrollo de un mercado secundario efectivo a nivel europeo. EFECOM
epn/prb
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