Empresas y finanzas

¿Se deben declarar las criptomonedas en Hacienda?

  • Igor Begonte, asesor fiscal y financiero en LABE Abogados nos da las claves sobre la tributación de las criptomonedas
Igor Begonte, asesor financiero y fiscal en LABE Abogados

El uso cada vez más extendido de los medios de pago digitales y las fuertes subidas que se publicitan a diario sobre las inversiones en criptomonedas, han supuesto un fuerte aumento en el uso e inversión en este tipo de activos a un público cada vez mayor.

Tal crecimiento, ha puesto en alerta a las autoridades fiscales de todo el mundo, por la facilidad que tienen este tipo de activos para eludir cualquier tipo de control, dada su propia naturaleza.

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Como nos explica Igor Begonte, asesor fiscal y financiero en LABE Abogados, recientemente, se ha aprobado en nuestro país el proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que permitirá a la Agencia Tributaria controlar y vigilar el uso y tenencia de activos digitales.

En concreto, se regula de forma expresa la obligatoriedad de declarar las criptomonedas en el modelo 720. Este modelo informativo, se creó para declarar los bienes y derechos situados en el extranjero, cuando la suma de estos fuera superior a 50.000 euros. Para aclarar este punto, podemos resumir estos bienes y derechos principalmente como la propiedad y/o el usufructo de: cuentas bancarias, activos financieros e inmuebles. El plazo de presentación del modelo para el año 2020 es del 1 de enero al 31 de marzo de 2021.

Este modelo, no está exento de polémica, ya que pese a ser informativo, la omisión o error de la información, establece unas elevadas sanciones que están siendo estudiadas por la Justicia Europea.

Además, la Agencia Tributaria está preparando un modelo específico para recabar información sobre las criptomonedas, que facilite el control y cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias que se generan de las operaciones realizadas con criptomonedas.

Se introduce como novedad la obligatoriedad a los proveedores de servicios de tenencia y salvaguardia de criptomonedas, de suministrar información a la Agencia Tributaria sobre los saldos mantenidos por los titulares. Además de las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia en las que intervengan.

Sumado a las medidas de control anteriores, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021, publicado recientemente en el BOE, incluye la utilización de la última tecnología en minería de datos y uso del Big Data para investigar a familiares y personas vinculadas, analizando y evaluando de modo conjunto, en la búsqueda de indicios de fraude fiscal, patrimonial o societario.

Según indica el propio plan: "estos flujos, comparados con la renta declarada y con el patrimonio neto (cuentas bancarias, inmuebles, activos financieros, activos societarios, etc.) permitirán a la administración tributaria obtener los datos que servirán para detectar incoherencias patrimoniales, de gasto y consumo, o incluso de solvencia que no puedan ser explicadas por las rentas conocidas obtenidas por los contribuyentes o por las unidades familiares de las que forman parte".

En LABE Abogados tenemos un área específica dedicada a las criptomonedas, aportando soluciones desde el punto de vista legal y fiscal. Nuestra firma, cuya sede principal se encuentra en el Paseo de la Castellana 30 de Madrid, cuenta con un amplio recorrido profesional en el asesoramiento de criptoactivos. Si operas con criptomonedas y necesitas a expertos que te ayuden en los diversos aspectos de su operativa, contacta con LABE Abogados.

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