
Tras ocho años de pelea con los gasolineros, la Audiencia Nacional ha dado la razón a Repsol sobre sus contratos con las estaciones de servicio, con lo que las gasolineras sí que podrán rebajar los precios del combustible con cargo a sus comisiones.
Se trata de una sentencia que ha desestimado la demanda de la Asociación de Gestores de Estaciones de Servicio (AGES) contra la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) del 17 de julio del 2006. El fallo, al que ha tenido acceso elEconomista, declara ejecutada en sus propios términos la Resolución del 11 de julio de 2001.
Así, la petrolera junto algunas de sus competidoras se ha visto inmersa en una pelea para determinar cómo se debían fijar estos precios. Sin embargo, todavía está pendiente el resultado de la investigación de Comisión Nacional de la Competencia (CNC), que investiga si las petroleras Cepsa, Repsol y BP han recurrido a prácticas contrarias a la libre competencia para evitar bajadas en los precios.
En el litigio que ya versa desde el 2001, el sector insiste en que en el régimen de comisión el titular de la explotación de la estación (gasolinero) recibe un margen fijo (comisión) como retribución por parte del operador. Por tanto, "no le afectan las variaciones del margen del mercado, ni al alza ni a la baja".
La petrolera recomienda un precio
Pero hay otra modalidad, el régimen de venta en firme,recoge los costes añadidos y la ganancia del suministrador. donde las estaciones compran normalmente con arreglo a un fórmula vinculada a los precios internacionales, más una cantidad que
Los gasolineros explican que la petrolera recomienda siempre un precio de venta al público. Los comisionistas no pueden subirlo, ya que funciona como precio máximo. Por contra, los revendedores pueden hacerlo, en tanto que se trata de un precio recomendado. Así, todas las estaciones de servicio (revendedores y comisionistas) tienen la posibilidad de disminuir el precio de venta.
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