El Tribunal de Cuentas considera insuficientes las medidas adoptadas por el Gobierno para generar liquidez a los proveedores de las Entidades Locales, especialmente en los autónomos y las pymes, "para los que la demora en el cobro generaba mayores dificultades".
Esta es una de las conclusiones del 'Informe de fiscalización sobre la efectividad de las medidas que contempla el Real Decreto Ley 8/2011, para el cumplimiento por las Entidades Locales de sus obligaciones comerciales' que ha aprobado el Pleno del Tribunal de Cuentas.
Según informó el miércoles la institución, este análisis se realiza en el marco de la evaluación de las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno contra la crisis económica, respondiendo también con ella a la solicitud que, en relación con esta cuestión, se le trasladó desde el Parlamento.
Explica que este análisis se ha llevado a cabo con un triple objetivo: verificar si las actuaciones de las Entidades Locales para concertar el endeudamiento se han sometido a la normativa aplicable, analizar los impagos por dichas entidades de los vencimientos de los préstamos en periodo voluntario y examinar la eficacia de esta medida.
Reducción de la deuda
En este último punto, el Tribunal de Cuentas ha valorado el grado de reducción o de eliminación de las deudas de las Entidades, así como los efectos que esta medida ha tenido sobre la estabilidad presupuestaria.
En este sentido, una de las conclusiones que arroja el informe es que le medida no ha generado la liquidez necesaria a los proveedores. Recuerda que el real decreto ley autorizó al Instituto de Crédito Oficial (ICO) a poner en marcha una línea financiera a la que podían acogerse las Entidades Locales que tuvieran obligaciones de pagos con empresas y autónomos vencidas, líquidas y exigibles, con motivo de suministros, obras o servicios entregados antes del 30 de abril de 2011.
Sin embargo, concluye que aun cuando esta medida contribuía a solucionar ciertas tensiones de tesorería a corto plazo, también exigía asumir una serie de compromisos de difícil cumplimiento en el medio plazo, "lo que influyó en que la medida tuviera una acogida limitada". Por otra parte, añade que las condiciones de financiación tampoco fomentaron la acogida de las Entidades a la medida.
De esta forma, señala que un número relevante de las Entidades que optaron por hacer uso de esta línea de financiación la dedicaron a pagos a entidades financieras endosatarias de los derechos de cobro, no ofreciéndose en este caso directamente a los proveedores mayor liquidez como consecuencia de la cancelación de las deudas.
El informe del Tribunal de Cuentas pone de manifiesto que con estas medidas se han reducido muy escasamente los índices de obligaciones pendientes de pago y no se ha reequilibrado la situación deficitaria de las Entidades Locales en su conjunto.
Equilibrio presupuestario
Por ello, propone fortalecer la sostenibilidad financiera y el equilibrio presupuestario en la gestión de estas Entidades; mejorar la contabilización de sus gastos y deudas así como de la información económica que ofrecen sus cuentas generales, y proponer acciones que ayuden a potenciar la efectividad de futuras medidas que puedan ser aprobadas por el Gobierno similares a las contempladas en este real decreto ley.
También recomienda que las Entidades Locales establezcan procedimientos que garanticen la anotación en la contabilidad financiera de los gastos y deudas con los proveedores íntegramente desde el momento en que se realizan, mejorándose así la imagen fiel de los estados financieros y asegurándose la fiabilidad de las cuentas.
Asimismo, el Tribunal recomienda que se den mayores facilidades de acceso a las medidas de ayuda a aquellas Entidades Locales que aprueben regularmente sus cuentas generales y que las rindan en plazo al Tribunal de Cuentas y a los Órganos de Control Externo de las comunidades autónomas, así como a las que publiquen los datos esenciales de su gestión, puesto que de este modo se contribuiría a fomentar la transparencia.
La Institución propone que, en las medidas extraordinarias que se adopten por el Gobierno para promover el pago de sus obligaciones por las Entidades, se fijen condiciones que favorezcan que se consiga este objetivo, así como que se establezcan penalizaciones o restricciones a imponer a aquellas entidades que no realicen los pagos de los préstamos a su vencimiento, con lo que se estimularía el pago en plazo y se disuadiría el incumplimiento.