Economía

Economía/Telecos.- La CMT seguirá regulando el mercado de originación de llamadas fijas

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

El consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) acordó hoy mantener la regulación del mercado de originación de llamadas en la red telefónica pública desde una ubicación fija, el denominado 'Mercado 8'.

De esta forma, Telefónica estará obligada a proporcionar servicios de originación a todos los operadores a precios regulados en función de los costes de producción.

Según el organismo que preside Reinaldo Rodríguez, este mercado es clave para fomentar la competencia en el mercado minorista de telefonía fija, dado que las compañías que quieran tener acceso a clientes de otros operadores para prestarles servicios de tráfico telefónico han de comprar estos servicios mayoristas al operador que da el servicio de acceso.

En la actualidad, y por imposición regulatoria, sólo Telefónica ofrece estos servicios mayoristas, con una cuota de mercado del 97% tanto en ingresos como en minutos.

Los operadores de cable también podrían prestar estos servicios en las demarcaciones que han desplegado red y recurrir al bucle desagregado, aunque su cuota de mercado es marginal.

Por todo ello, la CMT ha resuelto que en dicho mercado de referencia Telefónica tiene peso significativo de mercado (PSM) y que, por tanto, se debe seguir regulando.

En su opinión, el hecho de que Telefónica tenga el 85% de clientes de acceso fijo podría provocar que una negativa de acceso al mercado mayorista redujese la competencia en el mercado minorista, sin que ello tuviera un gran impacto en las cuentas de Telefónica, ya que este negocio representa menos del 1% del total de sus ingresos.

Para evitar que esto ocurra, el consejo de la CMT ha decidido obligar a Telefónica a proporcionar los servicios de originación a todos los operadores a precios regulados en función a los costes de producción, lo que exigirá además la obligación complementaria de separación de cuentas.

OFERTA DE REFERENCIA.

Telefónica, además, deberá seguir publicando una oferta de referencia suficientemente desglosada. En este sentido, se mantiene vigente la Oferta de Interconexión de Referencia por la CMT en noviembre de 2005, sin que sea necesaria la publicación de una nueva oferta por parte de Telefónica.

Telefónica deberá mantener actualizada la oferta de referencia al menos con una periodicidad mínima anual. En el caso de proceder a su modificación, el plazo a partir del cual esta modificación se considerará efectiva será el de cuatro meses desde su publicación, salvo que se señale un plazo diferente por la CMT.

Además, el Consejo de la CMT impondrá la obligación de no discriminación, tanto en calidad del servicio como plazos de entrega y demás condiciones del suministro.

Así los acuerdos de interconexión que suscriba Telefónica deberán ser remitidos a la CMT en un plazo de diez días desde su formalización y los conflictos que se produzcan en relación con dichos acuerdos se resolverán por la esta comisión en el plazo máximo de cuatro meses.

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