MADRID, 11 (SERVIMEDIA)
El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella, defendió este jueves que "no procedía suspender" la cotización de las acciones de Banco POPULAR (POP.MC)y señaló que los descensos "más bruscos" en el valor se produjeron en los cuatro días previos a la resolución y venta de la entidad al Santander a primeros de junio de 2017.
Además, en la comisión del Congreso de los Diputados que investiga la crisis financiera, el presidente de la CNMV señaló que los servicios técnicos del organismo también consideraron que no era correcto suspender las ventas a corto del banco.
Albella subrayó que la CNMV siguió "estrechamente en todo momento" la evolución de la cotización de la acción de Banco Popular, considerando la información con que contaba el mercado. "Fue en los últimos cuatro días, tras estas informaciones, cuando se produjeron los descensos más bruscos y marcados en el precio de la acción", aseguró.
La CNMV, recordó, no suspendió la cotización del valor en ningún momento antes de la resolución, y la posición que a este respecto mantuvieron los servicios técnicos, tras analizar "en detalle" todas las circunstancias, fue "clara en el sentido de que no procedía suspender".
Antes de esos últimos cuatro días, entre diciembre de 2016 y fin de mayo de 2017, la evolución de la cotización puede considerarse "bastante normal, incluido su sesgo descendente, totalmente coherente con las noticias negativas que se iban sucediendo", como unos resultados de 2016 "peores" de los esperados o reiteradas bajadas de 'rating'.
Además, señaló que en ningún momento la CNMV apreció ninguna situación de "desorden en el mercado de la acción o de graves asimetrías informativas", que es lo que "típicamente" justifica una suspensión de la negociación.
"La medida de suspensión no sirve para evitar o frenar caídas en el precio, ya que tras el levantamiento el precio se sitúa, lógicamente, donde tiene que estar en función de la información existente", añadió.
En cuanto a los últimos cuatro días, Albella dijo que los servicios técnicos de la CNMV analizaron "en detalle" la cuestión, para concluir que tampoco era "correcto suspender".
"El mercado tiene sus propios mecanismos, como las denominadas subastas de volatilidad, que son de aplicación en caso de subidas o bajadas muy pronunciadas de los valores", expuso.
En lo que se refiere a las operaciones de ventas en corto, aseguró que "es importante también lo que he explicado sobre la evolución básicamente normal de la cotización hasta los últimos días".
De esta manera, afirmó que la evolución de las posiciones cortas se mantuvo "básicamente estable" en el primer semestre de 2017, lo que quiere decir que "no hubo contribución neta vendedora de los cortistas durante el periodo".
SUPERVISIÓN MUY ACTIVA
Albella defendió que desde diciembre de 2016 la CNMV ha estado "muy activa" en la supervisión de posibles abusos de mercado en relación con la acción de Banco Popular.
Así, explicó que se han realizado investigaciones dirigidas a identificar posibles compras o ventas con información privilegiada, que han dado lugar a "numerosos requerimientos a la entidad y a terceros y que siguen en marcha".
También apuntó que se han impulsado análisis e investigaciones sobre la evolución de la cotización y la operativa desarrollada sobre el valor, en particular con respecto a la operativa de ventas en corto, sobre todo para identificar posibles "actuaciones manipuladoras".
Según el presidente de la Comisión, estas investigaciones han dado lugar a "innumerables" requerimientos de información y documentación, tanto en España como fuera.
Albella aseguró que "no se han identificado hasta la fecha actuaciones manipuladoras o uso de información privilegiada, tampoco en el ámbito de quienes operaron en corto sobre el valor", aunque recordó que la CNMV mantiene diversas investigaciones abiertas.
Además, comentó que sí se han identificado casos de ventas en corto totalmente en descubierto y, por lo tanto, no legítimas, lo que supone un aspecto "más técnico" del que también podrían derivarse consecuencias sancionadoras.
(SERVIMEDIA)
11-ENE-18
BPP/caa