El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha desestimado este jueves el recurso del Instituto dos Vinhos do Douro y do Porto (IVDP) para anular el registro de la marca británica de whisky Port Charlotte en la Unión Europea y ha anulado la sentencia anterior del Tribunal General de la Unión de 2015 que estimó parcialmente su recurso contra la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EQUIPO) de registrarla.
BRUSELAS, 14 (EUROPA PRESS)
El Tribunal europeo ha aclarado que el régimen de protección de las denominaciones de origen y de las indicaciones geográficas en el sector vitivinícola al amparo de la Unión tiene carácter uniforme, exclusivo y exhaustivo y por tanto el Derecho de la Unión se opone a que se aplique un régimen de protección nacional de indicaciones geográficas protegidas.
De este forma, el tribunal rechaza el argumento de que la marca Port Charlotte menoscaba la protección conferida por el Derecho portugués a la denominación de origen 'Porto' o 'Port'.
También rechaza el argumento de que la marca Port Charlotte se aprovechó de la reputación de la dominación de origen de los vinos portugueses dado que el consumidor medio no asociará un whisky a un vino de Oporto que goza de la denominación de origen 'Port'.
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