El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha negado este martes el registro como marcas protegidas comunitarias de los tonos que representan el timbre tradicional de una alarma o de un teléfono, al considerar que se trata de melodías estándares cuya "trivialidad" no permite su registro.
BRUSELAS, 13 (EUROPA PRESS)
En su sentencia, el tribunal ha concluido que el público en general percibirá la marca solicitada como una "mera funcionalidad" de los productos y servicios designados, y no como una indicación de su origen comercial.
Por ello ha desestimado el recurso de la sociedad brasileña Globo Comunicaçao e Participaçoes contra la Oficina de propiedad intelectual de la UE (EUIPO, por sus siglas en inglés), que en 2014 rechazó el registro.
La marca quiso registrar estos signos sonoros para soportes de difusión de información por vía electrónica, oral y televisiva, como son las tabletas y 'smartphones'.
La EUIPO y el tribunal de Luxemburgo ahora han rechazado la petición, porque consideran que se trata de sonidos que no tienen ningún "carácter distintivo".
La oficina europea de marcas argumentó que es un tono "corriente y ordinario", que pasa desapercibido y que el consumidor no memoriza.
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