Economía

Ustedresponde de los datos del borrador de IRPF

Revise la información porque los justificantes acaban llegando a los ordenadores de Hacienda

La Agencia Tributaria comenzó ayer a enviar los datos de relevancia tributaria y los borradores del IRPF a los contribuyentes que lo solicitaron en la pasada campaña de la Renta o que lo soliciten ahora a su Delegación de Hacienda, antes del 23 de junio.

Se trata de uno de los servicios más demandados entre los que presta la Agencia Tributaria a los ciudadanos. Según los datos que maneja el Fisco a través de las declaraciones de la renta presentadas el año pasado, Hacienda enviará un total de 8.137.048 de borradores, sin contar las nuevas solicitudes.

Liquidación

Pero aunque sea un servicio cada vez más popular, no hay que pensar que estamos ante un trámite automático, sino ante una propuesta de liquidación. De manera que si la aceptamos y firmamos nos hacemos únicos responsables de su veracidad. Podría ocurrir que más adelante Hacienda descubriera que en el borrador de declaración faltaba incluir ingresos procedentes de otros pagadores -las típicas colaboraciones- o rentas que no tenía controladas hasta la fecha. Es una situación que no resulta descartable.

Por ello, los asesores fiscales aconsejan como absolutamente imprescindible que se compruebe cada uno de los datos facilitados, ya que existe la posibilidad de que resulten incompletos. Se hace, pues, necesario contrastarlos con las cifras que constan en los impresos de retenciones facilitados por empresas y entidades bancarias.

De esta manera, cada contribuyente tendrá la seguridad de que no habrá omisiones en su liquidación de la Renta. De no ser así, nos exponemos a ser sancionados y a pagar los recargos correspondientes, porque en muchas ocasiones, los justificantes terminan llegando a los ordenadores de la Agencia Tributaria.

El borrador del IRPF lo pueden solicitar todos los contribuyentes, puesto que quienes no reúnan las condiciones fijadas por la ley acabarán recibiendo sus datos de interés tributario. Si reúne las condiciones para recibirlo, la Agencia Tributaria le enviará el borrador de declaración y los datos fiscales con los que se ha calculado; en caso de que no reúna las condiciones necesarias, siempre recibirá los datos fiscales.

Recibirán el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

La deducción por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por donativos no impiden recibir el borrador.


Devolución rápida


La Agencia Tributaria comenzó ayer a emitir las primeras devoluciones rápidas a contribuyentes no obligados a declarar el IRPF. Esto es, los contribuyentes que ganen menos de 22.000 euros brutos anuales, si los ingresos proceden de un solo pagador o si proceden de varios cuando la suma del segundo y sucesivos no supere los 1.000 euros. Este límite de rentas del trabajo se reduce a 8.000 euros anuales cuando se tienen varios pagadores y del segundo o sucesivos se perciben más de 1.000 euros; o cuando se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos (salvo las procedentes de los padres por decisión judicial) o cuando el pagador no tiene que retener. Desde el 1 de marzo se han recibido 276.018 peticiones de devolución rápida, el 12 por ciento menos que el año pasado. Hasta finales de mayo se realizarán las devoluciones, que se pueden solicitar hasta el 31 de este mes. Pero la Agencia Tributaria enviará el borrador o los datos fiscales a aquellos que habiendo solicitado la devolución tengan obligación de declarar.

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