Economía

Economía.- El PP propone modificar el nuevo régimen de la cuenta de garantía arancelaria el mismo día de su aprobación

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

El PP registró en el Congreso una enmienda con la que modifica el régimen de la cuenta de garantía arancelaria, regulado en la Ley de Segunda Oportunidad y se da la circunstancia de que lo hizo el pasado 14 de julio, justo el mismo día que la normativa se aprobaba en el Senado, que no introdujo ninguna modificación al texto.

La enmienda en cuestión, que recoge Europa Press, será incluida en el proyecto de ley de Régimen Jurídico del Sector Público y con ella se priva a los secretarios judiciales de los juzgados con competencia en materia concursal de las atribuciones que la Ley de Segunda Oportunidad les daba en relación con la cuenta de garantía arancelaria.

La Ley Concursal, de 2003, prevé que las retribuciones de los administradores concursales, cuando la masa del proceso sea insuficiente, provenga de una cuenta de garantía arancelaria que se dota con aportaciones obligatorias de los propios administradores.

UNICOS AUTORIZADOS

Con la Ley de Segunda Oportunidad, el Ejecutivo estableció que fueran los secretarios judiciales las "únicas personas autorizadas" para disponer de los fondos de dicha cuenta, para gestionarla y para controlar los ingresos y los cargos a través de una aplicación informática determinada por el Ministerio de Justicia y que debía ser previamente validada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y por la Fiscalía General del Estado.

Sin embargo, el mismo día que esta regulación quedaba aprobada de forma definitiva por el Senado, que no admitió ninguna enmienda a la Ley de Segunda Oportunidad, los 'populares' presentaban en el Congreso una enmienda al proyecto de ley de Régimen Jurídico del Sector Público modificándola.

Así, finalmente será el Ministerio de Justicia el encargado de gestionar la cuenta de garantía arancelaria "en la forma que se determine reglamentariamente, ya sea directamente o a través de terceros", lo que priva a los secretarios judiciales de cualquier atribución en relación con este instrumento y también con respecto a los mandamientos de pago u órdenes de transferencia que hubiera que realizar de forma manual en caso de que los medios informáticos no funcionaran.

DIEZ DIAS PARA PAGAR

También se eliminan las referencias a que el CGPJ y la Fiscalía deban validar la aplicación informática elegida por Justicia para gestionar la cuenta de garantía arancelaria y a la creación de un Libro de Registro sobre dicha cuenta.

Por contra, la enmienda introduce una precisión para dar a los administradores concursales que no hubieran realizado los ingresos que deben en tiempo y forma diez días desde la rendición de cuentas para regularizar la situación.

"Si transcurrido dicho plazo no hubieran cumplido con su obligación, previo apercibimiento, será dado de baja" en el registro de administradores concursales autorizados hasta que abonen las cuantías adeudadas, añade el PP, que justifica estos cambios como "mejora técnica".

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