MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha eximido a Bankia de indemnizar con un millón de euros a una mujer que adquirió 20 bonos de Lehman Brothers en Altae y ha condenado a la demandante a pagar las costas de los recursos interpuestos desestimados.
La afectada presentó una demanda en el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla reclamando la nulidad de la orden de compra de los citados bonos, fallando el juez a favor de Altae. No conforme con la decisión judicial, la demandante presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que también resolvió en su contra.
Como tercera vía, la mujer interpuso ante el Supremo un recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia de la Audiencia sevillana, que ha sido desestimado y que la condena al pago de costas.
El Supremo entiende que la entidad "facilitó toda la información relevante y en forma adecuada al perfil de la persona a través de la cual se contrató el producto", en este caso, el hijo de la demandante, una persona "muy capaz" de comprender las características básicas del mismo.
PETICION "EXPRESA" DEL CLIENTE
Además, insiste en que en la contratación de este producto la función de asesoramiento de Altae "resulta poco relevante", puesto que su función fue encontrar en el mercado "un producto que respondiera a las características del solicitado" por el hijo de la demandante.
"La adquisición de este concreto producto respondió a una petición expresa del cliente, que facilitó incluso las características de otro producto ofertado por la competencia para que Altae lo 'copiara'", insiste el Supremo.
Finalmente, subraya que no puede aceptarse que haya existido un error en el consentimiento de la contratante y apunta que "en todo caso sería el mandatario de la demandante (su hijo) quien habría inclumpido el mandato si la petición de producto financiero que realizó a Altae no se ajustó a las instrucciones de su mandante".