Economía

La Junta de Andalucía estudia recurrir ante la UE la sentencia que impide expropiar pisos vacíos

  • El Constitucional considera que invade competencias del Estado

La Junta de Andalucía estudia recurrir ante la Justicia europea la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula el apartado del decreto-ley andaluz de medidas para asegurar el cumplimiento del fin social de la vivienda, conocido como decreto antidesahucios, que permite la expropiación de viviendas vacías a los bancos por considerar que invade la competencia exclusiva del Estado en materia de "coordinación de la planificación general de la actividad económica".

Así lo ha avanzado este miércoles en rueda de prensa en Sevilla la consejera de Fomento y Vivienda en funciones, María Jesús Serrano, que ha insistido en pedir al Gobierno central que retire el recurso presentado ante el Tribunal Constitucional contra la Ley de Función Social de la Vivienda, que el Ejecutivo andaluz elaboró con posterioridad.

Decisión del Constitucional

Ayer el Tribunal Constitucional anunció que aceptaba el recurso del Gobierno central contra la ley andaluza antidesahucios, y anuló los aspectos de esta norma que considera que invaden competencias exclusivas del Estado.

El pleno del tribunal de garantías anula así parcialmente el decreto-ley andaluz, dado que considera que la expropiación de dichas viviendas invade la competencia exclusiva del Estado en materia de "coordinación de la planificación general de la actividad económica".

La sentencia, que cuenta con tres votos particulares, entiende que el decreto-ley andaluz obstaculiza (con las expropiaciones) la eficacia de las medidas de política económica desarrolladas por el Gobierno.

Aunque el Constitucional acepta las razones de urgencia que expuso el ejecutivo andaluz para legislar en esta materia a través de un decreto-ley, sí anula determinados preceptos de la norma porque restringen el derecho de propiedad, un ámbito que solo puede verse afectado por normas con rango de ley.

Así, el artículo del decreto ley andaluz que establece para el propietario de una vivienda "el deber de destinar de forma efectiva el bien al uso habitacional previsto por el ordenamiento jurídico", queda anulado. No por razones de fondo sino porque, en su caso, debería ser aprobado a través de una ley formal.

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