Economía

El Gobierno recuerda que los bancos que no detecten posibles operaciones ilícitas de sus clientes se exponen a sanción

El Gobierno recuerda que la entidades financieras están obligadas a controlar a sus clientes para informar, en su caso, de las posibles operaciones ilícitas que realicen, una labor de control que es objeto de supervisión y que, si no se cumple, es objeto de sanción.

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

Así lo recalca el Ejecutivo en la respuesta que ha remitido al portavoz de Hacienda del PSOE, Pedro Saura, quien le preguntó qué medidas pensaba adoptar tras conocer que entidades financieras "han participado o colaborado en maniobras de ocultación de fondos de algunos imputados en el denominado 'caso Gürtel'".

En el documento que ha remitido al Congreso y al que ha tenido acceso Europa Press, el Gobierno rehusa comentar ese caso concreto alegando que "la existencia de presuntos casos de colaboración o participación por parte de entidades financieras en la ocultación de fondos de personas imputadas se deberá determinar en el correspondiente procedimiento judicial".

Sin embargo, añade que desde el punto de vista administrativo, la legislación para la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo exige a las entidades que operan en España el desarrollo de controles internos. "El cumplimiento de estas medidas es asimismo objeto de supervisión y, en caso de incumplimiento, de sanción", remarca el Ejecutivo.

En concreto, los bancos tienen la obligación de identificar y conocer a sus clientes y hacer seguimiento de sus operaciones con el fin de "detectar potenciales operaciones que pudieran tener indicios de sospecha de vinculación con actividades ilícitas".

En esos casos, las entidades deben comunicar sus pesquisas al Servicio Ejecutivo para la Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).

Dicho organismo, tras analizar la información proporcinada por los bancos, produce informes de "inteligencia financiera" que remite a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o, directamente, a la Fiscalía, para el desarrollo de las necesarias investigaciones adicionales e inicio, en su caso, de los procedimientos penales.

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