MADRID, 31 (EUROPA PRESS)
Las entidades de crédito deberán informar de los riesgos a tener en cuenta a la hora de obtener un crédito o préstamo en moneda extranjera, con el fin de que el prestatario pueda tomar decisiones "fundadas y prudentes" y comprender los efectos en las cuotas de una fuerte depreciación del euro y de un aumento de los tipos de interés.
Esta es una de las condiciones que ha incluido el Banco de España en la Circular 3/1998, de 27 de enero, en la que se establece la información que las sociedades y servicios de tasación homologado deben rendir al organismo.
Las entidades tendrán que contar, además, con una política de concesión de este tipo de préstamos que atienda a la estructura de reembolso y a la capacidad de los prestatarios para resistir perturbaciones adversas de los tipos de cambio y del tipo de interés.
REGLAS DE CONCESION "MAS ESTRICTAS"
Por ello, se deberán abarcar reglas de concesión "más estrictas" en cuanto a la relación exigida entre el servicio de la deuda y la renta del prestatario y entre el importe del préstamo y el valor de la garantía.
Además, deberán ofrecer a los prestatarios la inclusión de cláusulas contractuales o la contratación de productos financieros de cobertura de los riesgos de elevación de los tipos de interés y de cambio.
El Banco de España ha incluido estos cambios en una nueva circular, que publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE), en la que se establecen medidas para fomentar la independencia de la actividad de tasación y se ejercitan opciones regulatorias en relación con la deducción de activos intangibles. Para ello, se modifican varias circulares.
La institución que encabeza Luis María Linde señala que, de este modo, se pretende remover obstáculos que dificulten la adecuada valoración de los bienes inmuebles sobre los que recae la garantía de los préstamos y CREDITO (BCI.CHL)(BCI.CHL) hipotecarios concedidos por entidades de crédito.
También se ha aprovechado el texto para efectuar mejoras técnicas relacionadas con la información que han de rendir al Banco de España las sociedades y servicios de tasación homologados.
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