Economía

El Congreso rechaza pedir al Gobierno que prohíba embargar las ayudas de emergencia social

La Comisión de Justicia del Congreso ha rechazado este martes, con el voto del PP, una proposición no de ley presentada por Compromís-Equo para solicitar al Gobierno que modifique la Ley de Enjuiciamiento Civil de modo que se prohíba el embargo de las ayudas de emergencia social.

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

El diputado valenciano Joan Baldoví ha alertado del "absurdo administrativo" que se está dando en muchos ayuntamientos españoles que, por una parte, conceden ayudas económicas de emergencia a algunos ciudadanos para, acto seguido, recuperar ese dinero con una orden de embargo al detectarse que el beneficiario tiene deudas pendientes (multas, impuestos, etcétera).

"Una concejalía actúa de forma ciega respecto a lo que ocurre en la concejalía de al lado. Y a la ceguera de la Administración hay que sumar el automatismo de las entidades financieras", critica, recordando que las ayudas de emergencia social son "el último dique para evitar que se desencadene la miseria" al tener objetivos finalistas para la compra de alimentos, el pago del alquiler o la hipoteca, o el abono de facturas de suministros básicos.

Por eso, Compromís quería que el Ejecutivo modificara la Ley de Enjuiciamiento Civil e incluyera los ingresos de las ayudas finalistas objeto de emergencia social otorgadas por las administraciones públicas en el artículo que declara inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente que no exceda del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

NO A TRAVÉS DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO

El 'popular' Telmo Martín, por su parte, ha recomendado a Baldoví que presente esta iniciativa en la Comisión de Hacienda, la que a su juicio es competente para abordar este problema, al que no se puede dar respuesta a través de la Ley de Enjuiciamiento Civil porque ésta sólo se aplica a los embargos ordenados por sentencia judicial, y no a los administrativos. "En el ámbito judicial seguramente no prosperaría ningún embargo por ser las prestaciones sociales de emergencia siempre inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI)", ha apostillado.

Por eso, entiende "más idóneo" que esta regulación se haga modificando la Ley General de Subvenciones, "estableciendo qué ayudas y subvenciones de emergencia social y hasta qué cuantía son inembargables"; y también cambiando el Reglamento General de Recaudación para "pensar en un procedimiento urgente tanto para levantar el embargo como para la devolución de las cantidades que efectivamente se hubieran entregado a la Administración correspondiente".

También sería preciso, ha apostillado, cambiar la Ley General Tributaria, que es la que regula el embargo de bienes y derechos y reconoce la posibilidad de declararlos inembargables en algunos casos, aunque sin fijar a través de qué ley debe hacerse. Algo que, al entender de Martín, debería llevarse a cabo a través de una "disposición legal específica con una clara vocación sistemática".

En cualquier caso, Martín ha rechazado que este proceder sea "ningún absurdo administrativo" ni suponga "un funcionamiento anómalo de las administraciones públicas" ya que en algunos casos el embargo se puede haber aprobado antes de la concesión de la ayuda o puede haberlo ordenado una administración diferente a la que concede el subsidio de emergencia, y que siempre debe llevarse a cabo para cumplir la normativa.

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