El portavoz económico de UPyD en el Congreso, Álvaro Anchuelo, cree que necesario modificar los requisitos para poder acogerse al llamado IVA de caja, en vigor desde el pasado 1 de enero, porque los actuales son "excesivamente restrictivos", lo que hace la medida "inoperativa", como demuestra el hecho de que apenas el 1% de los contribuyentes destinatarios de la misma hayan comunicado al Ministerio de Hacienda su intención de aplicarla.
MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
Así lo señala en una pregunta parlamentaria, a la que ha tenido acceso Europa Press, apuntando que de los 2,3 millones de contribuyentes --1,3 millones de personas físicas y más de un millón de pymes-- que facturan menos de dos millones de euros al año y que, por tanto, podrían beneficiarse del IVA de caja, apenas lo hacen el 1% --21.569 contribuyentes, de los que 10.385 son pymes y 11.184 autónomos--.
"La gran disparidad entre objetivos y resultados obliga a reflexionar sobre el diseño de una norma que, sin duda, ha resultado excesivamente restrictiva. Algunas de esas restricciones pueden ser necesarias para evitar un posible abuso fraudulento, pero otras se derivan de una simple falta de ambición", considera Anchuelo.
ELEVAR EL UMBRAL DE FACTURACIÓN
Así, la norma ha resultado ser "bienintencionada pero muy poco operativa", por lo que el diputado de la formación magenta quiere saber si el Gobierno está considerando la posibilidad de "incrementar" el umbral de facturación máximo --actualmente fijado en 2 millones anuales-- para que el IVA de caja pueda aplicarse "realmente a pymes y no sólo a microempresas".
Además, Anchuelo pregunta al Ejecutivo si cree que el resultado obtenido hasta ahora "cumple los objetivos de la medida", que el propio presidente Mariano Rajoy aseguró tendría "gran trascendencia" cuando anunció su puesta en marcha en febrero de 2013. Finalmente, reclama datos concretos sobre el número de autónomos que el año pasado ingresaron cuotas líquidas positivas por IVA.
IVA DE CAJA
El IVA de caja fue introducido en la normativa española a través de la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, aprobada en septiembre de 2013, aunque no entró en vigor hasta el 1 de enero de este ejercicio con el objetivo de "paliar los problemas de liquidez y de acceso al crédito de las empresas".
Con este cambio, las pymes y los autónomos pueden retrasar el pago del IVA a la Administración hasta haber cobrado la factura, y no en el momento de la emisión de la misma, siempre con el límite de facturación de 2 millones de euros al año o de 100.000 euros anuales de cobros en efectivo a un mismo destinatario.
Las empresas que voluntariamente se adhieran al mecanismo deben comunicarlo con carácter general el mes de diciembre anterior al año en el que haya de surtir efecto y la renuncia al régimen se ejercitará también en los meses de diciembre y vinculará por un periodo de tres años.
Además, el sistema introduce nuevas obligaciones de información por motivos de control tributario, que obligará a añadir en los libros-registro las fecha de cobro y pago de las facturas y el medio utilizado.
Los clientes de las pymes y autónomos acogidos al régimen especial deberán utilizar el criterio de caja también respecto a las operaciones realizadas con ellos. De este modo, la posibilidad de adelantar la deducibilidad del IVA soportado supone un incentivo a estos clientes para adelantar el pago de sus facturas, lo que permitirá una mejora adicional a la financiación de aquellos que se acojan al nuevo régimen.
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