El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la modificación de la Ley Concursal a través de un Real Decreto en el que se incluye una serie de medidas de urgencia de refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial para evitar que compañías rentables, pero con falta de liquidez, tengan que acudir a concurso de acreedores. En directo: así ha sido la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Así lo ha anunciado en rueda de prensa posterior al Consejo la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, quien ha manifestado que esta norma nace "para asegurar el futuro de las empresas, evitando situaciones de insolvencia y dotándolas de mayores instrumentos para potenciar la financiación y las reetructuraciones empresariales".
Menos trabas
El objetivo que persigue el Gobierno es que la legislación concursal no suponga trabas en los procesos de refinanciación de aquellas empresas que sean viables aun registrando una deuda elevada. "Queremos impedir que un problema de liquidez y de solvencia puntual obligue al cierre de un compañía porque tiene ritmos o perspectivas de crecimiento y beneficio que le hacen viable en el largo o medio plazo", ha explicado la vicepresidenta.
Por ello, el Ejecutivo modifica la ley para incluir medidas que faciliten la celebración de acuerdos de refinanciación, potencien las quitas y los aplazamientos de pago y la conversión de deuda en capital.
Entre otras medidas, se establece que serán tan responsables penalmente como los administradores sociales, los socios de las empresas en crisis que se nieguen a entregar las acciones de la empresa a las entidades bancarias o los 'fondos buitres' a cambio de la capitalización de créditos o de una emisión de valores o instrumentos convertibles, frustrando la firma del acuerdo de Refinanciación preconcursal y en el caso de ser declarados culpables responderán con sus patrimonios.
Así, se amplía la determinación de las personas afectadas por la calificación, así como, en su caso, la de las declaradas cómplices. Los socios que no den sus acciones para refinanciar la deuda responderán con su patrimonio.
Además, podrá homologarse judicialmente el acuerdo de refinanciación que haya sido suscrito por acreedores que representen el 51% de la deuda financiera. Sin embargo no se tendrán en cuenta a efectos de alcanzar ese 51%, los pasivos financieros que sea titularidad de acreedores que tengan la consideración de persona especialmente relacionada. Baja al 60% la deuda que obligará a todos los acreedores a refinanciar.