Sevilla, 13 jul (EFECOM).- La Audiencia de Sevilla ha absuelto a dos empresarios, para quienes el fiscal pidió seis años de cárcel, por lo que considera "falta de engaño suficiente" al presentar a cobro un cheque de 234.596 euros que resultó impagado.
La sentencia de la Sección Cuarta, a la que tuvo acceso EFE, explica que los empresarios, dedicados a la actividad inmobiliaria, cobraron, entre noviembre de 2001 y febrero de 2002, cinco cheques procedentes del extranjero, por un importe total de 99.658 euros.
El 18 de febrero de 2002 entregaron a La Caixa un cheque de 234.596 euros, emitido por un ciudadano portugués y destinado a la compra de una cafetería, que la entidad bancaria les abonó sin realizar comprobaciones dado que ya habían cobrado otros talones del extranjero.
La Fiscalía de Sevilla pidió para los empresarios seis años de cárcel por delitos de estafa y falsedad documental, por entender que sabían que el cheque iba a ser rechazado ya que su empresa "no había cumplido las obligaciones contractuales".
No obstante, la Audiencia dice que su actuación no tuvo "el engaño suficiente" que exige el delito de estafa, pues La Caixa no realizó gestiones para comprobar si el talón sería impagado ni cumplió el requisito de depositarlo en una "especie de cámara de compensación internacional" donde se comprueba su solvencia en un plazo de 20 o 30 días.
"Ha quedado patente que no se observaron las prácticas bancarias seguidas habitualmente", dicen los jueces, que por lo tanto absuelven a los empresarios de un delito por el que la entidad bancaria, personada como acusación particular, había pedido siete años de cárcel.
Las acusaciones imputaron a los empresarios A.P.F. y J.C.V.B. otro delito de falsedad en documento oficial, del que también han sido absueltos, por enviar por fax a La Caixa una cédula urbanística en la que un terreno aparecía como "área industrial" en lugar de "zona ajardinada", como rezaba el certificado original.
En este caso, el citado documento correspondía a un terreno propiedad de uno de los acusados, ubicado en Alcalá de Guadaira (Sevilla), que ofrecieron como garantía de pago por el cheque previamente cobrado.
Según la sentencia, tal falsedad es "inocua" porque La Caixa "habría, lógicamente, encargado a un perito en la materia la valoración de los terrenos, para lo cual habría recabado la oportuna información" y se habría descubierto el engaño.
Aunque los dos empresarios han sido absueltos por la vía penal, el veredicto recuerda que la entidad bancaria puede reclamar las cantidades por la vía civil. EFECOM
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