El Consejo de Ministros recibió ayer un informe del ministro de Defensa sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de Código Penal Militar y lo remitirá al Consejo de Estado.
El nuevo texto es complementario con el Código Penal y recoge su aplicación a los miembros de la Guardia Civil solo en el ámbito competencial militar, por lo que se excluye las acciones u omisiones propias de sus funciones de naturaleza policial.
El nuevo Código reduce de 197 a 88 el número de artículos y tiene una parte dedicada a disposiciones generales y otra a tipificar los delitos y sus penas. El concepto central del texto es el de delito militar, que abarca no sólo los definidos específicamente como tales sino también aquellas conductas que infringen bienes jurídicos estricta o esencialmente militares incriminados en la legislación penal común.
Los tribunales castrenses dispondrán de la facultad de aplicar las formas sustitutivas de ejecución de las penas privativas de libertad a los penados que no tengan la condición militar y les habilita para aplicar las medidas de seguridad y consecuencias accesorias previstas en el Código Penal.