El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo sobre el régimen de control económico-financiero aplicable por la Intervención General de la Administración del Estado a determinados organismos públicos, lo que garantiza que el sistema de control aplicable a los mismos sea el establecido, con carácter general, en la Ley General Presupuestaria.
MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 eliminaba, con efectos del 1 de enero de 2014, la especialidad presupuestaria que tenían los denominados "organismos autónomos de carácter comercial, industrial, financiero o análogo", entre los que se encuentran las confederaciones hidrográficas, los organismos públicos de investigación, el FEGA, la Mancomunidad de Canales del Taibilla, el Parque Móvil y distintos institutos y centros.
Por tanto, a partir del año que viene las operaciones "comerciales" que realizaban estos organismos ya no se van a imputar en una cuenta específica, sino como el resto de operaciones del presupuesto y como el resto de organismos.
Como en la Ley General Presupuestaria se dispone que el sistema de control aplicable a los organismos autónomos es la función interventora, el control financiero permanente y las actuaciones de auditoría pública que se establezcan en el Plan Anual de Auditorías, se ha aprobado que sea éste, a través de la Intervención General del Estado, el que se aplique a los organismos objeto del presente acuerdo, que entrará en vigor el 1 de mayo de 2014.
SOMETIMIENTO A LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA
El acuerdo elimina la especialidad que tenían dichos organismos en su régimen de control y los somete al régimen general previsto en la Ley General Presupuestaria, esto es, la función interventora, el control financiero permanente y las actuaciones de auditoría pública que se establezcan en el Plan Anual de Auditorías.
El cambio introducido, al suponer una nueva regulación del régimen presupuestario de un tipo de organismos autónomos, y teniendo en cuenta que la especialidad de estos organismos derivada de las operaciones de carácter comercial, industrial, financiero y análogo ha desaparecido, hacía necesario garantizar que el sistema de control aplicable a los mismos sea el establecido, con carácter general, en la Ley General Presupuestaria.
Dentro de las medidas incluidas en el informe para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), se encuentra la racionalización y simplificación del actual sistema de la Administración Institucional. Uno de los objetivos plasmados en el informe es identificar un sistema de control para cada tipo de ente, ajustado a los fines y actividad que desempeñan, y que dé coherencia a la dispersa casuística actual, lo que hacía necesario el acuerdo adoptado en el día de hoy.